Viernes 22 de Enero de 2016, 15:41

El Municipio congela la planta de personal

Basavilbaso | El Ejecutivo Municipal y el SOEM acordar preservar puestos de trabajo y reordenar la planta de personal. Firmaron un acta que será elevada al HCD para su conocimiento.


En la mañana de hoy, viernes 22 de enero, se reunieron en el despacho del Intendente, Gustavo Hein (acompañado este por la Secretaria de Gobierno, Andrea Leanza), y el Secretario General del Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM), Gómez Adrián y representantes de la Comisión Directiva del gremio, con el objeto de firmar un "acta acuerdo" la que será elevada al HCD para su conocimiento. [b]El acuerdo[/b] 1º: Se acuerda el congelamiento de la planta de personal permanente y transitorio, contratado o Jornalizado en el Municipio de Basavilbaso, considerando el número de cargos y/o funciones efectivamente desempeñadas al día de la fecha, como el máximo presupuestado; contemplando en tal concepto al personal con licencias autorizadas y/o accidentes de trabajo, debiendo inducir a la reducción vegetativa de la Planta de Personal Municipal; excluyéndose expresamente al personal de Gabinete o Político y monotributista. 2º: Dispónese la elaboración de un censo de personal permanente y transitorio del personal que desempeña funciones y la elaboración de una planificación por áreas y funciones de servicios con la cantidad de personal mínimo indispensable para la prestación de los mismos, el cual servirá para establecer dotaciones de coberturas y reemplazos que eventualmente se produzcan por bajas vegetativas de personal; 3º: Suspéndase todo tipo de incorporaciones y/o designaciones y/o nombramiento de personal para la cobertura de tareas y/o funciones de carácter permanente, transitorio o estacional, cualquiera sea su modalidad de ingreso en la administración municipal.Las vacantes y cobertura de cargos y/o funciones de personal de Planta permanente se regirá por pautas y criterios de designación de subrogante vigente en la administración pública municipal. 4º: Disponer la Revisión del pago de adicionales particulares y/o selectivos no remunerativo no bonificable que no haya sido creado previamente por norma general y cuyo alcance contemple a todos los trabajadores de igual tarea y/o responsabilidad y/o función. La percepción de adicionales cualquiera sea su designación o modalidad de liquidación requiere el correcto encuadramiento y efectivo cumplimiento de las funciones y/o cargos y/o condiciones que establecen las normas requieran para su otorgamiento. 5º: Las prestaciones de servicios extraordinarios, deberán ajustarse a estrictas razones de servicios esenciales, a petición fundada y bajo la responsabilidad y autorización previa y expresa de los Secretarios y Jefes de Departamento. El personal podrá a ser reasignado a funciones que el municipio efectivamente desarrolle cuando no haya trabajos o tareas a realizar o este sobredimensiona da la planta de personal en algunas áreas o funciones. La reasignación será contemplando para ello pautas de situación de revista, antigüedad y desempeño. La negativa del trabajador transitorio a cumplir tareas ó a ser reasignado a un área donde se requiera personal o se lo traslade para que desarrolle efectivamente tareas, cesará su derecho a ser encuadrado en la presente. 6º: El personal Jornalizado que desarrolla tareas de carácter normal, habitual y permanente durante todos los días hábiles del mes y año, progresivamente se regularizara su situación mediante contratos de servicios. El Personal Jornalizado que no desarrolle tareas durante todos los días del mes, considerando para ello, el promedio mensual de días trabajados durante 2015, se les garantizará similar cantidad de días. 7º: El Departamento Ejecutivo planificará la designación en Planta Permanente del personal contratado que desarrolla tareas en funciones de carácter permanentes y cuyo rendimiento y contracción con la tarea encomendada sea destacada en los Tribunales de Competencia. 8º: El Departamento Ejecutivo, en plazo no superior a los 120 (ciento veinte) días elevará al HCD planillas complementarias del Presupuesto vigente con la nómina de personal, situación de revista, categoría, antigüedad, cargo y/o función, adicionales; en caso de personal Jornalizado con la cantidad de días mínimos garantizados. 9º: El Departamento Ejecutivo por acto debidamente fundado podrá disponer las excepciones necesarias y siempre que tengan por objeto cubrir vacantes de personal que desarrolle tareas que requieran un nivel y conocimiento técnico especial y previo informes de los jefes de Departamento no puedan ser cubiertas por el personal permanente ó transitorio existente. 10º: Las partes se reunirán en forma mensual o cuando la situación lo requiera a los efectos de evaluar el cumplimiento de la presente y promover la mejor eficiencia y eficacia en la prestación y ejecución de los servicios municipales; la capacitación y el mejoramiento progresivo de las condiciones laborales de los trabajadores municipales. El presente será ratificado por Decreto y elevado al Honorable Concejo Deliberante para su conocimiento.