Judiciales | El Tribunal Oral Federal N° 2 lo consideró partícipe del delito de negociaciones incompatibles con la función pública en la causa de la ampliación de gasoductos, que involucró a la constructora Odebrecht SA.
El Tribunal Oral Federal N° 2 condenó a Julio De Vido, exministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a tres años de prisión de ejecución condicional en el marco de la causa que investigó irregularidades en la ampliación de dos gasoductos adjudicados en 2006 y 2008 a la constructora brasileña Odebrecht SA.
La Justicia lo consideró partícipe del delito de negociaciones incompatibles con la función pública.
La misma decisión alcanzó a otros dos exfuncionarios del área energética. El exsecretario de Energía, Daniel Omar Cameron, fue condenado a tres años de prisión en suspenso, mientras que el exsubsecretario de Combustibles, Cristian Alberto Folgar, recibió una pena de dos años y seis meses de prisión.
Se trata de la cuarta condena que recibe De Vido, quien permanece con prisión domiciliaria desde mayo pasado. En ese momento, la Cámara Federal de Casación Penal le otorgó el beneficio y dejó la cárcel de Ezeiza para cumplir la detención en su vivienda de Puerto Panal, en Zárate.
El exfuncionario se encuentra privado de su libertad desde noviembre del año pasado, cuando la Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena dictada por la tragedia de Once.
El Tribunal dará a conocer los fundamentos de esta nueva sentencia el próximo 4 de septiembre.
De Vido acumula cuatro condenas vinculadas a hechos de corrupción. La primera corresponde a la causa por la tragedia de Once, en la que fue condenado a cuatro años de prisión e inhabilitación perpetua por administración fraudulenta, al considerarse que no ejerció los controles necesarios sobre los fondos destinados al sistema ferroviario.
Esa sentencia fue confirmada por la Corte Suprema y es la que actualmente sustenta su prisión domiciliaria.
Además, fue condenado a cuatro años de prisión por administración fraudulenta en la adquisición de cargamentos de Gas Natural Licuado (GNL), una causa relacionada con la compra de buques de gas licuado que la Justicia consideró irregular.
La tercera condena, también de cuatro años de prisión, fue dictada en la causa conocida como “trenes chatarra”, donde fue hallado culpable de administración fraudulenta por la compra de material rodante ferroviario en mal estado adquirido a España y Portugal.
No obstante, las condenas por la adquisición de GNL y por la compra de trenes a España y Portugal aún no se encuentran firmes. La reciente sentencia vinculada al caso Odebrecht se suma a ese historial judicial.