Lunes 12 de Marzo de 2012, 10:22

Aumentan los montos de las multas por incumplimientos tributarios

| Comienza el calendario para la presentación de las declaraciones juradas de ingresos brutos, Ley 4.035, profesiones liberales y régimen de retención y percepción. Por eso, quienes no presenten sus declaraciones juradas ante la ATER deberán abonar multas de entre 200 y 400 pesos, según sean personas físicas o jurídicas.

Hasta el año pasado las multas por este tipo de incumplimientos eran de montos significativamente menores, pero fueron adecuadas a las que impone la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). “Antes por el incumplimiento de deberes formales se pagaban entre 20 y 40 pesos. Ahora hicimos uso de la atribución que nos da el código fiscal y mediante una resolución llevamos los valores a niveles similares a los que aplica AFIP, que ha logrado así disciplinar a los contribuyentes”, explicó Marcelo Casaretto, titular de ATER. Los turnos son de acuerdo al número de CUIT y el cronograma se extiende hasta la semana que viene. Desde el organismo apuntan a que los contribuyentes, cuando presentan la documentación ante AFIP, simultáneamente lo hagan ante ATER. “Al detectar incumplimientos, vamos a implementar rápidamente el régimen de multas. Tenemos el sistema informático listo para emitirlas automáticamente, notificar a los contribuyentes y cargarlas en las cuentas corrientes tributarias correspondientes”, aseguró Casaretto. Sin colas. Para evitar colas y desplazarse hasta un banco, la ATER puso a disposición de los contribuyentes la posibilidad de pagar los impuestos automotor e inmobiliario a través de Internet o en cajeros automáticos. Las boletas que llegan a los domicilios contienen un código que es el que posibilita que los usuarios puedan pagar a través de cajeros de la red Link o por la web mediante el sistema Home Banking. “Buscamos facilitarle los trámites a la gente”, expresó Casaretto e informó que en ATER están trabajando para ampliar la posibilidad de los pagos electrónicos a todos los impuestos. Para más información, se puede consultar la página www.ater.gov.ar. En las normas tributarias aprobadas recientemente en la Legislatura se dispuso otro aumento de multas: se amplió de 2.000 pesos a 40.000 pesos el monto máximo a pagar como castigo por los contribuyentes que se queden con retenciones que no les son propias. “Esta modificación se hizo pensando no en aquel que incumple con la obligación propia de pagar sus tributos, sino en muchas empresas que retienen impuestos a proveedores y clientes y no los ingresan al fisco”, detalló Casaretto. Fuente: El Diario.