Miércoles 12 de Abril de 2006, 14:49

Avanza la creación de la Administración General Ú

CON EL VOTO DEL SENADO | El Senado de la provincia otorgó media sanción al proyecto de creación de la Administración General Única de Aguas (AGUA), por el que se crea “un organismo de derecho público, descentralizado, autárquico y de naturaleza multidisciplinar que tendrá capacidad para actuar pública y privadamente de conformidad con las disposiciones, con competencia sobre el agua de la provincia.

El proyecto fue impulsado por el senador Eduardo Melchiori (PJ -Islas) quien dijo que “se quiere dotar a la provincia de un organismo de aplicación de una política hídrica moderna”, la que debe tener en cuenta “los usos sociales, económicos y ambientales” del agua. Destacó que teniendo en cuenta la “importancia vital de este elemento” el Estado debe involucrarse en la administración de un recurso de valor inestimable. Mencionó que Entre Ríos tiene 10 cuencas hídricas superficiales, más de 7000 cursos de agua y debajo de su suelo se pueden encontrar dos acuíferos de importancia como son el Ituzaingó y el Guaraní, considerado este último como una de las reservas de agua dulce más importantes para la humanidad. Explicó que con la creación de un ente único que se ocupe de la materia, se responde a una premisa de la legislación nacional vigente, que aconseja que exista un órgano de esta naturaleza por jurisdicción. Dijo que al presentar este proyecto tuvo en cuanta que se realizaban obras sin control en el territorio entrerriano, muchas de las cuales a veces provocaban problemas entre vecinos y estos no sabían donde recurrir con seguridad de encontrar una solución. El proyecto prevé la creación de un registro en el que deberán inscribirse quienes realicen obras que afecten los cursos de agua o las napas y además impulsa la puesta en marcha de programas de educación a través del Consejo General de Educación para crear conciencia sobre la importancia que tiene para nuestra calidad de vida. [b]Las misiones del A.G.U.A: [/b] [b]1.[/b]Ejercer la gestión, control, planificación, aprovechamiento y protección de los recursos hídricos en la totalidad del ciclo hidrológico y sus usos, de conformidad a la política provincial en la materia. [b]2.[/b]Formular el Plan Hidrológico provincial como consecuencia de la coordinación de los distintos planes hidrológicos de cuencas. [b]3.[/b]Articular la planificación hídrica con los demás sectores de Gobierno que planifican el uso del territorio y el desarrollo socio-económico. [b]4.[/b]Ejecutar los proyectos y obras necesarios para la Gestión y Planificación de los Recursos Hídricos Provinciales. [b]5.[/b]Otorgar los permisos y concesiones de Uso del agua. [b]6.[/b]Administrar sus bienes, adquirir inmuebles del dominio privado mediante convenio, licitación, remate público o expropiación y enajenarlos conforme a las disposiciones de esta ley y realizar todas las demás funciones vinculadas con los fines de su creación. [b]7.[/b]Formular sus presupuestos de gastos y cálculo de recursos que someterá a consideración del Poder Ejecutivo de la provincia y publicar su memoria y balance anual. [b]8.[/b]Obtener de Instituciones Públicas, Mixtas o Privadas, Organismos Municipales, provinciales, Nacionales o Internacionales los créditos y/o recursos necesarios para el cumplimiento integral de sus fines. [b]9.[/b]Toda obra función o tarea vinculada directa o indirectamente a las precedentemente enumeradas, dentro de los planes de política económica del Gobierno de la Provincia y las que específicamente le encomiende éste por decisión del Poder Ejecutivo. Fuente: Infover.