Martes 4 de Marzo de 2008, 09:42

Buscan incorporar el defensor del Pueblo en la Constitución

| La comisión de control del Estado analizó el proyecto para incorporar en la Constitución provincial la figura del defensor del Pueblo y la semana próxima estaría listo el despacho para ser tratado en el pleno de la convención constituyente.

Se acordó establecer “una figura de un organismo independiente, que tiene como misión velar por la integridad de los derechos de los ciudadanos, intereses difusos y colectivos que puedan ser menoscabados por actos u omisiones del Estado”, informó Santiago Reggiardo convencional de la Coalición Cívica-Partido Socialista. Reggiardo comentó que en la reunión “se intercambiaron ideas y se acordó que el defensor tenga facultades para requerir informes de la administración en relación a la tutela de los derechos de los ciudadanos, intereses difusos y colectivos que puedan ser menoscabados por actos u omisiones del Estado”. “Estamos estableciendo una figura de un organismo independiente, que tiene como misión velar por la integridad de esos derechos”, resumió. El presidente de la comisión, Julio Federik, “avanzará en un borrador sobre lo avanzado hoy y posiblemente para la semana que viene habría despacho para ser tratado en el plenario de la convención constituyente, que se realizará el jueves de la semana que viene”, indicó. Sobre la posibilidad de lograr un despacho unánime, el convencional aseveró que “hay acuerdos generales sobre la inclusión de esta figura del defensor del Pueblo, y aunque existen algunas diferencias porque algunos convencionales le dan mayores facultades que otros, es un bueno que, en general, los distintos bloques estén de acuerdo en que la figura debe constitucionalizarse”. También hay acuerdos de los diversos bloques para “que sea una figura con total independencia y autonomía, en especial del poder Ejecutivo, que pueda proyectar su presupuesto y luego administrarlo. Es decir, que sea totalmente independiente para que no tenga ninguna presión de ningún poder del Estado”, remarcó. “Hay algunos temas de menor cuantía por resolver pero sobre ellos también hay cierta unanimidad de criterios, como la estabilidad que debe tener o las causales para su remoción. Puede haber alguna otra diferencia sobre la idea de incorporar los casos en que las omisiones se debieran a particulares, como lo dice la Constitución nacional, y aunque es muy probable que se incluya, está en el marco de las cuestiones que debemos consensuar el lunes que viene”. Consultado sobre el proyecto del bloque Viva Entre Ríos, que planteó la condición que sólo los abogados puedan acceder al cargo, Reggiardo señaló que “no se tocó este tema en particular”. No obstante, agregó que “es aconsejable que sea un abogado o alguien conocedor de leyes, pero eso se dejaría librado a la ley orgánica que después deberá dictar la legislatura”. “Acá lo importante es definir las facultades que tiene, la forma de elección y de remoción del defensor del pueblo, pero los detalles de funcionamiento del organismo dependerán de la ley orgánica”, concluyó. Fuente: AIM.