Sábado 11 de Abril de 2009, 16:08

Busti propone la creación de un Consejo frente a las grandes ep

| Se denominará Consejo Provincial para la Prevención y Control de Grandes Epidemias y en él actuará un observatorio. El proyecto ordena la asistencia integral a los damnificados y la prestación eficiente de los servicios como la acción conjunta entre provincia y municipios. Fija las bases para una declaración de emergencia.

El presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Busti, impulsó un proyecto de ley que tiene por objeto promover y garantizar la prevención y control de los impactos sanitarios, económicos y sociales de las epidemias de enfermedades emergentes, tales como el dengue, la fiebre amarilla, leptopirosis, entre otras. El texto, que ya fue presentado, también alcanza la planificación y ejecución de planes de contingencia y la necesidad de crear las condiciones aptas para “sensibilizar, prevenir y preparar a la población sobre la importancia y existencia de herramientas apropiadas para controlar y erradicar a los vectores que transmiten estas enfermedades”. A su vez, advierte sobre a la necesidad de erradicar los patrones culturales “que sostienen y promueven la convivencia de los vectores con las poblaciones humanas”; y promueve la prestación “eficiente e integral de los servicios públicos esenciales” a los damnificados por estas enfermedades como su asistencia integral. El proyecto también fija las bases para la declaración de la emergencia en el territorio provincial que se vea afectado por la aparición de casos, brotes o epidemias de dengue o de cualquier otra enfermedad emergente, que se registren y que puedan producir severa morbilidad o mortalidad de los ciudadanos. Compuesta por cinco títulos y diecinueve artículos, la iniciativa establece como principios rectores que el Estado provincial, los municipios y las comunas, deberán aplicar las medidas de prevención “garantizando el respeto a los derechos fundamentales, en particular, el derecho a la vida, el derecho a la salud, el acceso a los servicios sanitarios, el derecho a la información apropiada y actualizada, y la defensa y protección del medio ambiente frente a las grandes epidemias” y propone, entre otras medidas, “la implementación de una línea telefónica gratuita y accesible en forma articulada con los municipios y comunas entrerrianos, destinada a dar apoyo, información, y contención durante grandes epidemias”. [b]De la creación del Consejo[/b] Por este proyecto, se crea el Consejo Provincial para la Prevención y Control de Grandes Epidemias, el que será presidido por el gobernador de la provincia o el funcionario del ramo que éste designe mientras que su composición quedará reglamentada por el Ejecutivo “de modo equilibrado”. Entre sus atribuciones estarán las de elaborar, implementar y monitorear el Plan Provincial de protección integral ante grandes epidemias, con la finalidad de prevenir y controlar el dengue y otras enfermedades emergentes, articular acciones y promover la creación de organismo similares en municipios, desarrollar programas y brindar asistencia. A su vez y dentro de la órbita del Consejo, se creará el Observatorio de Grandes Epidemias, cuyas funciones serán las de monitorear, recolectar, producir, registrar y sistematizar datos e información sobre grandes epidemias, catástrofes e impacto del cambio climático; desarrollar un sistema de información permanente que brinde insumos para el diseño, implementación y gestión de políticas públicas tendientes a la prevención y control de los impactos de grandes epidemias y otros cometidos que fije el Consejo. La iniciativa, que se acompaña de un glosario en el que se definen claramente cada uno de los términos a los que podría aplicarse la ley, también prevé la cuestión presupuestaria y disposiciones generales para el funcionamiento del Consejo tanto en la provincia como en los municipios. Del mismo modo, fija los criterios para la declaración de emergencia sanitaria provincial, que deberá determinar el Poder Ejecutivo, a propuesta del Consejo, o como respuesta ante la gravedad del hecho y distingue claramente las distintas fases por las que atraviesa una crisis de estas características, como la fase endémica, la fase epidémica y la declaración de emergencia sanitaria. [b]De los fundamentos[/b] Busti establece en los fundamentos de su proyecto que su sanción ofrecerá al Poder administrador “una herramienta legislativa que permita conducir y adaptar las acciones de gobierno ante contingencias que como tales son desconocidas, inesperadas y de alto costo para la salud, a lo que se debe añadir su costo social y económico y advierte que una de sus preocupaciones “es el dato histórico: En el año 1921 se produjo la más importante de las epidemias de dengue en la Argentina y su epicentro fue la provincia de Entre Ríos con gran impacto en la salud pública” ilustró el ex gobernador y aunque marcó diferencias con la situación actual, insistió en que “el derecho a la salud es un derecho fundamental reconocido por los Tratados y Convenciones de Derechos Humanos por lo que consagran además el deber de los estados parte de adoptar medidas de acción positivas que tiendan a darle contenido efectivo a tales derechos de las personas” dijo Busti.