Miércoles 27 de Enero de 2010, 12:44

Busti: "no es necesaria una nueva Ley de amas de casa"

| Luego que el Poder Ejecutivo anunció que enviará un proyecto de ley a la Legislatura para modificar el estatus legal del régimen provincial de amas de casa, el presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Busti, opinó que “no es necesaria una nueva norma”.

La postura del gobierno busca que no se considere una jubilación al beneficio que perciben las amas de casa y, con ello, sortear el argumento de la incompatibilidad con la prestación nacional que llevó a la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) a enviar intimaciones a las beneficiarias de ambos sistemas, bajo apercibimientos de suspender el otorgamiento de la jubilación nacional. Con esta propuesta, el gobierno busca atender un triple frente: el problema de quienes perciben el jubilación provincial, pero no la nacional; el de las beneficiarias de la prestación de la Anses que abonaron las cuotas correspondientes a la jubilación de Ama de Casa, pero no pueden cobrar porque la Nación planteó la incompatibilidad; y el de las jubiladas nacionales que en el futuro podrían incorporarse al régimen entrerriano. Pero Busti recordó ayer que “cuando se hizo la compensación de la Caja de Jubilaciones (las deudas que tenía la provincia con la Nación) no se tomó el régimen de amas de casa porque se dijo que no integraba el sistema de reciprocidad, es decir no lo tenían como un sistema jubilatorio, por lo tanto no hay que hacer ninguna otra ley”. “Si el Anses no dijo nada cuando las inscribió en el régimen nacional y tampoco nos admitió en la compensación de deuda como sistema jubilatorio, queda palmariamente demostrado que no existe incompatibilidad”, interpretó. Busti reiteró en un comunicado detalles de la presentación que efectuó ante el juzgado Federal y sobre la que el 1 de febrero -pasada le feria judicial- se solicitará un “pronto despacho”, bajo el argumento de que ambos sistemas “son de naturaleza jurídica distinta”. La acción, promovida por los abogados Jorge Gamal Taleb y José Antonio Reviriego, se promueve contra la Anses y en representación legal de Nélida Amelia Grinovero, que percibe la jubilación nacional (otorgada por la Anses) desde el año 2007 y la prestación Amas de casa (otorgada por la provincia en base a la Ley de amas de casa 8.107) desde el año 1989. Se solicitó la “declaración de inexistencia de la supuesta incompatibilidad” y “de acuerdo a lo establecido por la Constitución Nacional en su Artículo 14º bis, que ambos beneficios son irrenunciables; de lo cual estoy absolutamente convencido, porque se ajusta a Derecho”, afirmó Busti. El planteo central de la acción judicial es que, a pesar de su nombre, la jubilación de amas de casa no es un sistema previsional, sino asistencial. En este sentido, se pone de relieve que los aportes que debieron realizar las amas de casa “son mínimos”; que “no tienen derecho pleno a la pensión por fallecimiento”; que “no poseen movilidad (lo que está sujeto a la discrecionalidad del titular del Poder Ejecutivo)”; que “no existe proporcionalidad entre el monto y los aportes mínimos realizados”, y que “no basta reunir los requisitos (de la ley de amas de casa), sino que dependerá del régimen de prioridades fijado por el Decreto 3371/90 MEH, en atención a la situación de emergencia”. Se afirma que ese “carácter asistencial” se ve reafirmado por el Decreto reglamentario 3771 que prioriza para la obtención del beneficio a las afiliadas de “mayor edad e inferioridad de recursos para la subsistencia”. En un análisis del complejo normativo provincial, la presentación busca demostrar que “estamos frente a regímenes con distinta razón de ser, uno de ellos contributivo y el otro asistencial y dirigido a paliar situaciones de extrema necesidad”. Fuente: AIM.