Sábado 8 de Marzo de 2008, 13:17

Confirmaron el sobreseimiento de Montiel en la causa Kroll

| La Sala Primera de la Cámara Primera en lo Criminal confirmó el sobreseimiento del ex gobernador Sergio Montiel y del ex secretario la Gobernación, Gabriel Ferro, en la causa por la presunto fraude contra la administración pública.

Los magistrados Hugo Perotti (presidente); Ricardo González y José María Chemez, integrantes del tribunal, confirmaron el fallo dictado por el juez de Instrucción Nº 5, Ricardo Bonazzola, quien el 7 de mayo del año pasado dispuso el sobreseimiento de Montiel y Ferro a quienes se los investigaba por la eventual comisión del delito de fraude en perjuicio de la administración pública por administración infiel en la contratación de la firma Kroll, una agencia de investigaciones a la que recurrió en el año la administración radical para auditar posibles hechos de corrupción cometidos durante la segunda gobernación del Dr. Jorge Busti (1995 - 1999). La sentencia de Bonazzola había sido apelada por la Oficina Anticorrupción (OA), a cargo de Luis Pedemonte, pero el Tribunal no hizo lugar a los planteos esgrimidos por el letrado que actúa en representación de la Fiscalía de Estado. El ministerio público fiscal no había cuestionado la decisión del juez de Instrucción. “Una lectura atenta de los elementos de convicción reunidos en esta instrucción, llevan necesariamente a coincidir con las conclusiones a que arriba el magistrado apelado (Bonazzola), y al no existir prueba pendiente de producción, es evidente que la medida desincriminatoria cuestionada merece ser confirmada en todas su partes”, reza uno de los párrafos del fallo judicial. Los jueces analizaron los testimonios y pruebas en el expediente y concluyeron que tres de los cuatro módulos de acción que estaban previstos en el contrato firmado con Kroll el 29 de junio de 2000 (técnico, diagnóstico y capacitación) se cumplieron y que el cuarto, (investigación, en el cual se iba a realizar una pesquisa sobre “determinadas personas” de la segunda administración bustista) fue “dejado sin efecto de común acuerdo”, indica. “Que el contenido, la extensión, la profundidad e incluso la seriedad de los informes y demás servicios prestados y emanados de la contratada firma ‘Kroll’ no hayan satisfecho el interés de los auditores del Tribunal de Cuentas, o que los honorarios devengados hubieran sido elevados, no significa ni mucho menos que el pago realizado con dinero proveniente del erario público detente la condición o calidad de incausado”, concluye el Tribunal en otro apartado del fallo. Los magistrados, finalmente, cuestionaron la contratación de una empresa “foránea” para que realice actividades que pudieron ser llevadas adelante, sostienen, no sólo por el ministerio público fiscal, sino por los órganos de contralor de la Provincia. “Corolario de lo expuesto es que agotada toda posibilidad investigativa la medida desincriminatoria cuestionada merece ser confirmada, con costas al apelante”, es decir al Estado provincial, remata la sentencia fechada el pasado lunes 18 de febrero. Fuente: APF.