Martes 23 de Agosto de 2005, 20:42

Conflicto Docente: respaldo de la Nación a la Provincia

| Noemí Rial recomendó a los gremios docentes que desoyen la convocatoria a una Conciliación Obligatoria que "tengan en cuenta que la provincia tiene autoridad y facultad de solicitarla, lo mismo que pedir intervención del Ministerio de Trabajo de la Nación para que acuda a la Justicia para que sancione a los sindicatos que no cumplan con la ley.


La Secretaria de Trabajo de la Nación, Noemí Rial indicó en horas del mediodía de hoy que de no concurrir los Gremios docentes a la conciliación obligatoria convocada por la Dirección de Trabajo, “la propia ley contempla la sanciones que se le pueden aplicar”, las cuales oscilan de “multas económicas para quien incumpliera, hasta los descuentos de haberes de los trabajadores del sindicato, o inclusive -y en el último de los casos-, el retiro de la personería gremial a pedido del Organismo Administrativo competente” afirmó. La funcionaria nacional indicó en rueda de prensa que “a esto los sindicatos lo saben”, y agregó que “en el ámbito privado se puede llegar, incluso, a despedir con causa a los trabajadores”. Posteriormente reiteró que “al desconocer esta disposición dictada por la Dirección de Trabajo, el perjuicio más grave lo van a tener los trabajadores” ya que “lo que se busca con esto es que las partes soluciones sus diferencias”. Por lo que remarcó: “Lo importante de una conciliación obligatoria es crear el ámbito para que las partes solucionen el conflicto”. En referencia a las posibles sanciones que le cabría a los gremios que no acaten esta disposición, Rial indicó que “la propia ley vigente indica que se pueden aplicar fuertes multas para los trabajadores o para el empleador que no retrotraiga la situación; o así también se podrán descontar los haberes de los trabajadores, o en el último de los casos solicitar el retiro de la personería gremial”, sobre lo que aclaró que “esto no es facultad del Ministerio, sino que a pedido de un organismo competente se efectúa una presentación ante la Justicia y así se determina, mediante un juicio, la factibilidad de la solicitud” explicó. Respecto al cuestionamiento de la Resolución para que la Dirección de Trabajo actúe como mediador siendo parte del Poder Ejecutivo provincial, Rial explicó que “puede pensarse que corresponda un órgano independiente del Estado cuando este es Juez y parte, pero esto no esta contemplado en la legislación nacional ni provincial, por lo cual aplicamos el derecho vigente”. En este último sentido la funcionaria agregó que “en la legislación argentina no tenemos mas el arbitraje obligatorio o reglas estrictas para ajustarse a un procedimiento especifico; de manera que somos uno de los países que mas respeta el derecho de huelga” dijo. Ante la consulta de esta Agencia respecto a los procedimientos de inconstitucionalidad aplicados por el Gremio docente, Rial afirmó que “los actos administrativos solamente pierden eficacia jurídica si hubiera una sentencia que declare la inconstitucionalidad del acto de la resolución”, pero explicó que “hasta que esto no ocurra son absolutamente vigentes”. En referencia a la competencia de la Dirección de Trabajo, la funcionaria indicó que “a través del Artículo 5 de la Constitución Nacional a la provincia le compete la administración de las relaciones laborales de su personal, es decir -dijo-, que los maestros dependen de la provincia y no de la Nación”. Sobre la actitud de los gremios que efectuaron el día lunes un paro de actividades, la funcionaria señaló que “incumplieron con la conciliación obligatoria”, y recordó que a través de la resolución Ministerial intimó a los sindicatos, dentro del marco de la ley vigente, “a acatar la resolución de la Dirección de Trabajo provincial”. Por último afirmó que solo accederán a una mediación nacional en el caso del “expreso pedido para que así sea”, y recordó que “hubo casos en que con conflictos intrajurisdiccionales, y a pedido de las provincias, convocamos al Ministerio de Trabajo de la Nación para que acerque todos los elementos a fin de que se solucione el problema”, pero recordó que “esa no es una facultad delegada por las provincias, por lo que deben requerirlo expresamente” concluyó. Fuente: APF