Viernes 9 de Septiembre de 2005, 14:07

Denunciarán al Uruguay por violación del derecho a la vi

| Jorge Busti y Pedro Guastavino presentarán ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIHD) se denuncia que “el Estado uruguayo no sólo ha renunciado a ejercitar los controles ambientales exigidos por normas internacionales para la instalación de la plantas de celulosa, sino que además oculta información técnica”.

En este marco, solicitarán al organismo internacional que “declare que el Estado uruguayo ha violado la Legalidad Supranacional Americana al autorizar y aprobar dos emprendimientos industriales en razón de sus altos componentes contaminantes, de las evidentes carencias de control ambiental y del probado riesgo de vida para alrededor de 300.000 personas que habitan en la ribera argentina - uruguaya”. Tal el contenido formal de la demanda que elevarán el 19 de septiembre en Washington ante el secretario ejecutivo de la CIDH, Santiago Cantón, y que pondrán a disposición de las organizaciones ambientalistas de ambos países mañana en Gualeguaychú, para sumarlas a esta acción. Los representantes legales del gobernador y el vice que, cabe recordar, realizarán la petición en su carácter de ciudadanos entrerrianos, son el especialista en derecho internacional Juan Carlos Vega, del Servicio Argentino de Derechos Humanos, y la doctora Romina Picolotti, del Centro de Derechos Humanos y Ambiente. La acción formal consiste en una presentación de petición y solicitud de medida cautelar ante la CIDH que tiene como fin la protección de los derechos humanos de las personas afectadas por la autorización otorgada por el Estado uruguayo para la instalación de dos plantas de producción de pasta de celulosa sobre el río Uruguay pertenecientes a las empresas “Celulosas de M´ Bopicua” y “Botnia”. En el texto de la petición, se considera oportuno aclarar que lo que se trata es de “evitar que estas empresas de origen y capital europeo se instalen y funcionen en Latinoamérica bajo un estándar legal y tecnológico de control ambiental al exigido por la Unión Europea”. Por esta razón, los peticionarios de la demanda hacen saber que no aceptan que “los controles ambientales de contaminación sean en el río Uruguay inferiores a los exigidos por la Unión Europea para plantas industriales semejantes, ya que ello implicaría aceptar que la vida humana latinoamericana es de inferior calidad y costo que la vida humana europea”. En rigor, Busti y Guastavino denunciarán al Estado uruguayo por violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la información, del niño, el desarrollo progresivo de derechos económicos, sociales y culturales de la Convención Americana de Derechos Humanos; y los derechos a la vida, la libertad, la seguridad y la integridad de la persona, a la protección de la maternidad e infancia, a la preservación de la salud y al bienestar, de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre; y a la obligación de adoptar medidas, del derecho a la salud y a un medio ambiente sano del Protocolo Adicional de la Convención Americana sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. “La responsabilidad jurídica del Estado denunciado es por omisión y por acción”, se afirma en el escrito, antes de consignar que el Uruguay no respetó las obligaciones impuestas al Estado por la Convención Americana, no adoptó medidas de orden interno para evitar la alta contaminación que generarán los emprendimientos y su consecuencia directa en el derecho a la vida de 300.000 personas. También asegura que se violó el Protocolo de San Salvador y la Convención sobre los Derechos del Niño, y que la tecnología industrial y los modelos productivos autorizados por el Estado uruguayo están expresamente prohibidos por la Unión Europea a partir de 2007. La violación a los derechos humanos a la salud, al ambiente sano y del derecho humano a la vida se fundamentan en impactos a la salud, principalmente derivados de la utilización de los compuestos químicos que llegarían a la población por medio de la contaminación atmosférica de suelos e hídrica. Sobre los impactos en el ambiente se destaca la contaminación hídrica, ya que las plantas de Fray Bentos utilizarían 86.000 metros cúbicos de agua que será drenada desde el río Uruguay para luego ser reconducida a este curso de agua cargada de residuos químicos. A ello se suma el daño al Acuífero Guaraní, una de las reservas de agua dulce más importantes del mundo, que se encuentra en la zona de instalación de las fábricas de celulosa, y por ende, en la zona de impacto ambiental. “Las probabilidades de contaminación de esta reserva planetaria de agua potable son altísimas”, advierte el escrito, ya que la zona de recarga del acuífero se encuentra en el propio río Uruguay. Al mismo tiempo, se señala que las áreas de plantaciones de eucaliptus proyectadas para la alimentación de las plantas de celulosa que necesitan 4,5 millones de toneladas de madera por año, serán bosques de monocultivo genéticamente modificados donde se utilizan agroquímicos, nutrientes y pesticidas. Estas acciones contaminan también el acuífero. Sobre la contaminación atmosférica se asegura que las emisiones se expandirán hasta los 50 kilómetros a la redonda, y perjudicarán al suelo los residuos sólidos peligrosos. Habrá además impacto en el paisaje y contaminación sonora. Se pronostica asimismo que “desaparecerán numerosos balnearios del río Uruguay, afectando de esta forma el turismo de la región, y provocando en Gualeguaychú la pérdida de 5.000 puestos de trabajo”. Cabe destacar finalmente que la presentación ante la CIDH incluye una enumeración de cada una de las acciones de repudio públicas y gubernamentales, y de las manifestaciones públicas que se han realizado en la región, al tiempo que brinda un detalle de las irregularidades en el estudio de impacto ambiental presentado por las empresas, y un enfoque de cómo se considera que se han violado los derechos humanos incluidos en la Declaración y Convención Americana de Derechos Humanos. Fuente: Infover.