Sábado 24 de Diciembre de 2005, 16:28

Desestiman denuncia del abogado de César Garelli

| El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia desestimó la denuncia efectuada por el abogado defensor de César Garelli en contra de la jueza que instruye la causa que investiga la extraña muerte del niño Lucas Garelli. Justificaron el interés de la jueza por mantener informada a la ciudadanía a través de los medios de comunicación.

El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia desestimó la denuncia efectuada por el abogado defensor de César Garelli en contra de la jueza que instruye la causa que investiga la extraña muerte del niño Lucas Garelli, ocurrida a fines de octubre de 2004 en Estación Herrera. El abogado Luis Rodríguez cuestionó la manera de proceder de la jueza Estela Natal de Rebossio, a la que calificó de “fabuladora” y de haber formulado declaraciones comprometedoras a distintos medios de prensa sobre el caso, llegando a la misma recusación, actualmente en estudio en la Cámara Penal de Concepción del Uruguay. En la denuncia ante el STJ donde se la habría responsabilizado de irregularidades y lentitud. Los doctores Carubia, Carlomagno, Chiara Díaz, Carlín, Ardoy, Salduna, Papetti, Medina de Rizzo y Pañeda, dispusieron desestimar la denuncia formulada. Entre otras cosas se destaca en el Acuerdo General Nº 39/05 del 6 de diciembre de 2005 que “resultan satisfactorias las explicaciones brindadas por la jueza Rebossio respecto de lo actuado por ella en el marco de la causa penal referenciada. El auto de procesamiento no es reflejo de actitudes desmedidas, arbitrarias o ilegítimas de parte de la magistrada hacia los imputados. Antes bien: podrán o no compartirse los argumentos que la jueza expone en abino a la medida procesal que dicta, mas la resolución adoptada no supone algún tipo de indebida presunción a la persona de los acusados…”. El dictamen indica que no se observa la existencia de algún proceder incorrecto al analizar las notas periodísticas presentadas como pruebas por el abogado de Garelli, en las que sólo se evidencia el interés de la jueza por mantener informada a la comunidad conmocionada por el caso. También el Acuerdo dice claramente que “no es cierto que la jueza acusada haya pedido la "nulidad del fallo del Tribunal de Avanzada" en referencia a la resolución dictada por la Cámara de Gualeguay que revocó al auto de procesamiento”. Finalizando el dictamen se indica que la jueza Estela Natal de Rebossio, no incurrió en prejuzgamiento alguno y se interpretó como aventuradas las apreciaciones del abogado defensor que no pasan de ser opiniones puramente personales. Fuente: Diario Uno.