Miércoles 29 de Agosto de 2007, 19:12

DIPUTADOS APROBÓ EL PROYECTO DE LEY ANTITABACO

| La Cámara de Diputados aprobó este mediodía el proyecto de ley antitabaco, conocido como “Entre Ríos libre de humo”. Al respecto los dos autores de la norma, diputados Juan Domingo Zacarías y Enrique Cresto indicaron que “se trata de un proyecto revolucionario desde el punto de vista del resguardo de la salud” y resaltaron que “incorpora Entre Ríos a otras provincias que ya tienen el resguardo de los no fumadores”.

En primer lugar el diputado Zacarías destacó a esta Agencia que “este es un proyecto que no debemos verlo como el de tal o cual bloque, sino como el proyecto de la provincia de Entre Ríos”. Además resaltó que lo importante y rescatable es que con el diputado Cresto, mas allá de que asistimos a bancadas diferentes, hemos coincidido en la realización de esta Ley y unificamos las propuestas; e incluso en el día de hoy hemos tenido la aprobación de todos los legisladores de distintas fuerzas políticas” dijo. Posteriormente Zacarías sostuvo: “Esperamos que el Senado lo apruebe rápidamente y tenemos el compromiso del Gobernador Busti para reglamentarlo antes de que culmine esta gestión, a fin de poder cuidar la salud de todos los entrerrianos que no quieren verse afectado por el tabaco”. Por su parte Cresto se mostró conforme “por la aprobación unánime de la Cámara” y resaltó que “se tratará de una restricción absoluta, por lo que incluso vamos mas allá en la protección de lo no fumadores de lo que lo han hecho otras provincias que cuentan con esta Ley”. El legislador recordó que “abarcará no solo a las oficinas públicas sino también a todos los establecimientos privados e incluso instituciones de salud, medios de transporte, restaurantes, bares, confiterías, cybers y lugares donde se brinda el servicio de comunicación telefónica, supermercados, almacenes y además salas de teatro, cine, o cualquier ámbito cerrado donde se desarrollen espectáculos culturales, entre otras” explicó. Asimismo sostuvo que “también sanciona y prohibe la venta, distribución y/o entrega por cualquier medio de productos del tabaco en establecimientos educativos de todos los niveles; establecimientos sanitarios públicos y privados y lugares de concurrencia masiva para menores de edad y también prohíbe la venta, promoción, entrega o distribución de productos de tabaco a menores de 18 años de edad para su consumo o para el consumo de terceros” indicó. Por último Cresto agregó que “también contempla la creación de un ente dentro del Ministerio de Salud y Acción Social que regule el tema y que informe sobre el daño que produce el tabaco, e incluso existirán distintos tipos de sanciones para quienes incumplan la Ley” concluyó. Fuente: APF.