Miércoles 27 de Abril de 2005, 11:36

Diputados aprobó el proyecto de querellante particular

| Diputados modificó al Artículo 95 bis del Código Procesal Penal de la Provincia, a partir del cual se amplia el espectro de las personas que pueden constituirse como querellantes en las causas penales. La modificación permitirá que las querellas sean iniciadas incluso por parientes colaterales hasta el segundo grado inclusive.

Con la modificación aprobada por la Cámara de Diputados se incorpora una figura nueva que se da cuando a consecuencia del hecho, la víctima hubiere sufrido lesiones que transitoriamente le impidieran manifestar su voluntad de ejercer la acción, la cual podrá ser ratificada cuando recupere su capacidad, considerándose los actos jurídicos efectuados durante ese período transitorio como válidos, firmes y consentidos. Se trata de un proyecto unificado entre la iniciativa presentada por el diputado Enrique Cresto , y el presentado oportunamente por el diputado justicialista, Raúl Solanas. En este sentido, el diputado Cresto indicó que entre las modificaciones mas trascendentes se encuentran que “ahora el espectro subjetivo de quienes se pueden constituir como querellantes es mayor, debido a que alcanza al cónyuge supérstite, sus herederos forzosos, la persona que haya convivido en aparente matrimonio con el difunto, hasta alcanzar a los parientes colaterales mas próximos” indicó.