Martes 12 de Abril de 2011, 21:04

Diputados aprobó la Orgánica de Municipios

| La Cámara Baja aprobó el proyecto que reglamenta la Ley orgánica municipal. “La reforma constitucional de 2008 reguló el régimen municipal y conceptualizó al municipio como una comunidad sociopolítica, natural y esencial”, explicó Jorge Bolzán (PF-Paraná). El texto busca determinar las características que definen a las comunas como tales.

“Esta ley, representando el marco autonómico que asegura la constitución, pretende adaptar el régimen municipal a su nuevo diseño”, afirmó Bolzán. “El texto es el resultado de una labor conjunta y desinteresada entre el vecinalismo, el radicalismo y el Frente Entrerriano Federal. La ley combita a adoptar a los municipios de una norma orgánica que asegura la plena operatividad de la autonomía local”, explicó el legislador, al tiempo que cuestionó: “No puedo dejar de apuntar que a pesar de haberse impulsado la invitación para la participación de este debate a los intendentes justicialistas, desde ese sector no hubo interés algunos en esta cuestión, cundo actualmente tienen la responsabilidad de administrar varias comunas provinciales”. Bolzán dijo que “la ley orgánica de municipios” que proponen “integra el marco de la constitución nacional y provincial”, y más allá del contenido final del texto, criticó “la judicialización que los intendentes justicialistas han hecho respecto de la imposibilidad de consagrar la constitución para que puedan presentarse a un nuevo mandato”. En tanto, aclaró que en “el caso particular del Presidente de la Cámara -Jorge Busti- quien fue “tres veces Gobernador y dos veces intendente”. El dirigente lo hizo por “el voto popular”, que fue la “única fuente de legitimidad de su accionar en la política, lo que le permitió tamaña responsabilidad sin cláusulas reeleccionistas”. Bolzán completó su exposición aseverando que “ahora resulta que los intendentes que transcurren su segundo mandato consecutivo estarían denunciando la inconstitucionalidad porque se les impide un tercer mandato”, expuso, mientras recalcó: “Considero que los entrerrianos no merecemos semejante manoseo de las instituciones”. Luego de Bolzán, José Artusi (UCR-Concepción del Uruguay) tomó la palabra para declarar el apoyo del bloque radical a la norma, pero marcar disidencia de la bancada con el artículo 192 referido a la Caja de Jubilaciones y Pensiones municipales, por considerar que el mismo “avanza indebidamente sobre la posibilidad de consagrar definitivamente la autonomía municipal”. Por su parte, Juan Carlos Almada (PF-Victoria), subrayó que “nadie tocó el tema de los jubilados”, y puntualizó que mediante “el artículo 8 se permitirá que los trabajadores municipales con más de un año consecutivo de servicio no puedan ser separados de su cargo; siempre que cumplan con el trabajo y se rijan por la buena conducta”. En tanto, José Cardoso (UCR-Federal), criticó que haya cuestiones que en el texto no están puntualizadas. Y en ese sentido, marcó que “se establecen los mínimos y máximos de años que tienen que aportar los empleados municipales y los funcionarios, pero eso está determinado en cada Carta Orgánica municipal. Además, no se puede determinar que se jubilen con menos años de lo que se jubila un empleado provincial sin fijar qué porcentaje van a cobrar”. Fuente: Análisisdigital.