Martes 2 de Septiembre de 2008, 16:42

Diputados endurece sanciones por el uso indebido de plaguicidas

| En la sesión de este martes, la cámara de Diputados aprobó el proyecto que pretende introducir modificaciones a la Ley 6599, por lo que toda persona que decida aplicar plaguicidas deberá tomar precauciones y tendrá que comunicar la acción en forma fehaciente con 48 horas de anticipación a los vecinos cercanos. El texto introduce multas y sanciones paulatinas a la reincidencia.

En la cuarta sesión de prorroga del 129 período legislativo, los diputados aprobaron sobre tablas “el proyecto que tiende a reglamentar el uso de los plaguicidas en la provincia, cosa que es muy importante y necesaria para el cuidado del ser humano y de las poblaciones”, señaló el presidente de la cámara de Diputados, Jorge Busti. En ese sentido señaló que “poco a poco se avanza en la nueva visión del desarrollo sustentable en la provincia, donde es correcto fomentar la producción siempre que no se perjudique a los seres humanos y al medio ambiente”. En tanto, el autor del proyecto, Jorge Kerz, detalló a esta Agencia que la iniciativa tiene tres artículos. El primero, expresa que “toda persona que decida aplicar plaguicidas por aspersión aérea o terrestre, deberá tomar las precauciones del caso para evitar ocasionar daños a terceros o al ambiente y lo tendrá que comunicar en forma fehaciente con 48 horas de anticipación a los vecinos cercanos, juntas de gobierno, destacamentos policiales rurales y establecimientos educativos rurales”. Asimismo señaló que el segundo punto modifica el artículo 14, por lo que “las violaciones a la ley, serán penadas con multas que se determinan en unidades fijas denominadas UF, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de gasoil”. En el artículo tercero del proyecto, se introduce el artículo 15 bis donde se establece que habrá reincidencia cuando los establecimientos, empresas infractoras o responsables cometan una falta habiendo sido sancionado anteriormente, dentro de un plazo no superior a dos años. Fuente: AIM.