Viernes 13 de Mayo de 2005, 13:41

El Estado Nacional deberá pagarle 133 millones de dólare

| El CIADI, un tribunal del Banco Mundial, falló a favor de la demanda de la empresa CMS-Energy, que entre 1996 y 2001 tuviera el control operativo de EDEERSA, y condenó a la Argentina a pagar 133,2 millones de dólares por los perjuicios que la firma sufrió con la devaluación impuesta por el gobierno de Eduardo Duhalde.

La firma había demandado al país por 260 millones de dólares por considerar que había sido perjudicada al no recibir “trato justo y equitativo”. No obstante, el gobierno nacional solicitará la nulidad del fallo. El fallo del tribunal arbitral internacional del Banco Mundial para dirimir sobre diferendos de inversiones representa un duro traspié para la Argentina ya que es el primero de una serie de demandas que afronta el país en el organismo. El panel que estableció el fallo estuvo integrado por Marc Lalande, Francisco Rezek y Francisco Orrego Vicuña que fue el presidente y que durante la guerra de Malvinas fuera el embajador de Chile en Inglaterra. La demanda de CMS-Energy, accionista minoritaria de la compañía Transportadora de Gas del Norte (TGN) y Central Térmica Mendoza y que entre 1996 y 2001 tuviera el control de EDEERSA en la provincia ordenó a la Argentina a pagarle 133,2 millones de dólares por los daños y perjuicios que le ocasionó al no otorgarle un “trato justo y equitativo”. El fallo, según consigna el diario Clarín, dice que Argentina no le otorgó a CMS un trato justo y equitativo. Y que debe pagar por los daños ocasionados. “El Demandado incumplió sus obligaciones de otorgar al inversionista el trato justo y equitativo”, garantizado por el Artículo II (2) (a) del Tratado y de cumplir los compromisos contraídos respecto de las inversiones que garantiza el Artículo II (2) (c) del Tratado”, dice en alusión a un tratado bilateral de inversiones firmado con Estados Unidos en agosto de 1992. El fallo también prevé que Argentina adquiera las acciones de TGN que correspondían a CMS por un valor de 2.148.100 dólares. Dice textualmente: “Luego del pago de la indemnización decidida en este Laudo, el Demandante transferirá al Demandado la propiedad de sus acciones en TGN una vez que el Demandado haya pagado el monto adicional de 2.148.100 dólares. El Demandado tendrá hasta un año a partir de la fecha de notificación del presente Laudo a las partes, para aceptar dicha transferencia”. De esta manera, el tribunal rechazó los argumentos presentados por la Argentina, a través del ministro de Justicia Horacio Rosatti, relativo a que durante la crisis había un estado de necesidad. Sin embargo, favoreció a la Argentina en un punto muy importante al establecer que no hubo expropiación como lo había planeado CMS en su demanda porque el demandante tiene control físico sobre la inversión. De todas maneras, el gobierno nacional solicitará la nulidad del fallo con el argumento de que se trata de un reclamo hecho por un accionista minoritario, tal como planteara el gobierno de Estados Unidos en el marco del NAFTA. En estos casos, Washington pidió que se desestimaran sendos reclamos de indemnización de Gamy Investiment y Mondev Internacional porque ambas eran socias minoritarias de otras firmas. Y esos pedidos fueron rechazados. Sin embargo, ahora el Tesoro norteamericano ha advertido que Argentina debe cumplir con los fallos del CIADI. Fuente: Análisis Digital