Miércoles 3 de Abril de 2013, 22:35

El Gobernador promulgó la Ley de Promoción Industrial

| Sergio Urribarri promulgó este miércoles la Ley por la cual se establece un nuevo régimen provincial de promoción y desarrollo industrial.

La norma contempla no sólo beneficios impositivos de hasta 20 años para empresas que se radiquen en la provincia o amplíen su producción generando más puestos de trabajo, sino también descuentos en las prestaciones de servicios de energía eléctrica y asistencia en la gestión de los recursos humanos. El mandatario ponderó el trabajo realizado “que posibilita pensar una Entre Ríos para el presente y para el futuro, a partir de una legislación que no solo contempla aspectos fiscales sino que evaluó el plano energético, laboral y ambiental que pretendemos para una provincia sustentable”. Urribarri recordó que en noviembre de 2012 mantuvo un encuentro con empresarios e industriales entrerrianos “que acercaron ideas proactivas que nos permitieron avanzar en nuestro proyecto. Hoy podemos decir que tenemos una ley moderna y que contempla una perspectiva industrial de mediano y largo plazo”, afirmó el Gobernador. “La Argentina logró reconstruir su historia industrial a partir de 2003, y lo hizo porque se recuperó el proyecto de país soberano, con una determinación firme que debemos apuntalar cada día. Esa historia es la que reivindicamos hoy en Entre Ríos, con esta legislación que nos permite avizorar un futuro cada vez mejor” aseguró el mandatario provincial. En la sesión desarrollada el 26 de marzo pasado, la Cámara de Diputados de Entre Ríos sancionó definitivamente y por unanimidad el proyecto de ley, enviado por el Ejecutivo provincial, mediante el cual se establece el Régimen Provincial de Promoción y Desarrollo Industrial en la provincia. La iniciativa propone en su espíritu “favorecer el desarrollo integral y armónico de la economía provincial” y busca promover la transformación del perfil productivo de la provincia, mediante la promoción de la creación de valor agregado en origen, la inversión productiva privada y la transformación de materia prima en origen. Con esta nueva Ley se pretende incitar la formación de entramados productivos locales que favorezcan la generación de economías externas y ventajas competitivas dinámicas; fortalecer la acumulación de capital y desarrollo empresarial de la provincia y estimular el crecimiento económico del espacio provincial, el desarrollo e incorporación de tecnología en la industria con el objetivo de modernizar y tornar altamente competitivo al sistema productivo provincial y el desarrollo de la industria provincial en consonancia con el interés general de la Nación. Según la Ley, las empresas que cumplan ciertos requisitos podrán tener exenciones de impuestos provinciales; preferencia en licitaciones y las compras del Estado provincial; exenciones, o diferimientos sobre tasas y derechos que cada municipio establezca de conformidad a su pertinente adhesión a la presente Ley; descuentos en las prestaciones de servicios de energía eléctrica; asistencia en la gestión de los recursos humanos. A su vez, las empresas beneficiarias del presente régimen, podrán gozar de exenciones totales o parciales en los impuestos provinciales, existentes o a crearse, por un plazo de hasta 15 años (100% en el primer lustro, 75% en el segundo, y 50% en el último), y los establecimientos que se instalen en parque industriales contarán con una ampliación de cinco años en los beneficios. Se aplicará en el Impuesto a los Ingresos Brutos, por la comercialización al por mayor; en el Impuesto Inmobiliario, para inmuebles afectados a la actividad industrial; y en el Impuesto de Sellos, para transacciones que graven hechos relacionados con el alta, desarrollo, incremento de plantas industriales. También en el Impuesto Automotor, para vehículos afectados en forma exclusiva a la actividad industrial (15 para plantas nuevas y 10 para plantas ya existentes); y para el aporte al Fondo de Integración de Asistencia Social Ley Nº 4035, en función de los nuevos puestos de trabajo que se generen. La norma considera beneficiarios a las empresas que se radiquen en Entre Ríos y se inscriban en el Registro Único Industrial, estar constituidas en la Argentina y no registrar deudas con el fisco. Según la Ley, los beneficios fiscales serán sólo para aquellas empresas que incrementen al menos un 15 por ciento su capacidad operativa instalada, lo que deberá verificarse en: a) 15 por ciento de la planta de personal; b) adquisición en bienes de capital en un 15 por ciento sin reducción de personal; c) las exportaciones en un 15 por ciento sin reducción de personal, entre otros aspectos con mayores beneficios conforme mejor sea la performance de la empresa llegando a mayores beneficios en una escala que supera el 100 por ciento de crecimiento de estas variables. También tendrán beneficios aquellos que se trasladen del casco urbano o el ejido a un parque o área industrial, quienes reduzcan emisiones contaminantes al medio ambiente y/o reactiven plantas que tengan más de cinco años de inactividad. La primera Ley vinculada con la promoción industrial en nuestra provincia data del año 1961, durante el gobierno de Lucio Uranga. En 1978, se sanciona la Ley 6.260 de Prevención y Control de Contaminación Ambiental por parte de la industria y posteriormente en 1981, la Ley 6.726 de Promoción Industrial, cuya vigencia llega hasta el presente y viene a reemplazar el nuevo régimen votado el 26 de marzo.