Lunes 8 de Junio de 2009, 12:25

El gobierno bonifica la tarifa eléctrica a entidades deportivas

| A través de un sencillo trámite, pueden acceder a la Tarifa Eléctrica para el Deporte clubes, asociaciones, federaciones y centros deportivos de toda la provincia. También duplica el beneficio a las entidades que facilitan sus instalaciones a establecimientos educativos.

“La Tarifa Eléctrica para el Deporte no sólo es una medida concreta a favor de la deportes y las instituciones que lo promueven, sino también da cuenta de la importancia que el Estado otorga a la educación. Beneficiar a los clubes que cooperan con la escuelas, es reconocer la importancia de trabajar articuladamente por una mejor educación”, dijo el secretario de Energía, Raúl Arroyo. Explicó que “uno de los subsidios es sobre los consumos de electricidad de las instituciones deportivas de primero, segundo y tercer grado y centros deportivos educacionales que se dediquen al fomento y/o práctica del deporte. En tanto, hay una segunda bonificación que es sobre el consumo de aquellos clubes, asociaciones y/o federaciones y centros educacionales radicados en la provincia que prestan gratuitamente sus instalaciones para la práctica de deportes de escuelas”, acotó. A través de un sencillo trámite, la provincia dispuso una bonificación del consumo eléctrico para las instituciones deportivas por la cual se le subsidia el 14 % si se encuadran el la Tarifa 1de uso general, y el 7 % si son entidades de medianas y grandes demandas (Tarifa 2 y Tarifa 3). En tanto, los clubes, asociaciones o centros educacionales que cedan total o parcialmente sus instalaciones a título no oneroso para la práctica deportiva de instituciones educativas, el subsidio fijado por la Secretaría de Energía para las T1 ascienden al 28 % y al 14 % para las entidades que se enmarquen en T2 y T3 (medianas y grandes demandas). En tanto, el coordinador de Programas Especiales de la Secretaría de Energía, Francisco Padula, precisó que el subsidio para las instituciones deportivas lo establece el Decreto 4503 de 2006, y el que duplica la bonificación a estas entidades por prestar sus instalaciones es el 5640 de 2008. Tanto uno y como otro decreto, establecen que “las instituciones beneficiarias del subsidio que cuenten con ámbitos y/o locales que en forma directa o indirecta y de manera habitual realicen actividad lucrativa de cualquier índole destinada al público en general, socio o no socio, deberán -dentro de los 90 días de la fecha del presente- instalar medidores independientes para el uso de la energía comercial, en el que expresamente se exceptúa de los alcances del beneficio”. Concretamente, el beneficio no contempla el servicio de cantina, por ejemplo. Padula insistió en que la Tarifa Eléctrica para el Deporte “es una medida concreta a favor de la deportes y las instituciones que lo promueven, además de dar cuenta de la importancia que el Estado otorga a la educación. Beneficiar a los clubes que cooperan con la escuelas, es reconocer la importancia de trabajar articuladamente por una mejor educación. Por eso, el gobierno provincial subsidia a los clubes, y por la misma razón, duplica el beneficio a las entidades deportivas que prestan sus instalaciones a las escuelas”, remarcó. Asimismo, en los considerando del Decreto 4503 se explica que “la necesidad de eximir del cobro de impuestos y/o tasas, se funda en el principio de equidad”. Los datos brindados por algunas departamentales de Educación permiten advertir el valioso aporte de las entidades deportivas, y por ende, el reconocimiento del Estado a éstas a través de la Tarifa Eléctrica para el Deporte. En Gualeguaychú, la Liga Departamental de Fútbol presta sus instalaciones a cerca de 3.000 chicos de escuelas secundarias para que practiquen deporte. Entre 1.500 y 2.000 chicos de 10 escuelas de Concordia hacen actividad física en las instalaciones de clubes. Las instituciones deportivas interesadas en acceder al beneficio deberán solicitar la bonificación por nota al director Ejecutivo de la Agencia de Deporte, Carlos Alvarez; acreditar su inscripción en el Registro Provincial de Instituciones Deportivas, tener vigente al 2009 su Personería Jurídica y presentar fotocopia de la última factura de luz. Para más información, dirigirse de lunes a viernes, de 7 a 13, a la sede de Agencia de Deportes de Paraná, ubicada en calle Gualeguaychú 978, o bien telefónicamente al 0343-4208828. En el caso de las entidades que cedan total o parcialmente sus instalaciones gratis para la práctica deportiva de escuelas, también “deberán acompañar copia fiel del convenio suscripto con la(s) instituciones educativas, donde quede demostrado el aprovechamiento o uso de las instalaciones a título no oneroso por parte de las mismas”. En uno y otro caso, es la Agencia de Deportes la encargada de elevar la información a la Secretaría de Energía. Tanto Enersa como las cooperativas eléctricas están al tanto de este beneficio por lo cual la bonificación alcanza a las instituciones deportivas de toda la provincia, sea cual fuera el origen del suministro eléctrico. A raíz de gestiones iniciadas oportunamente por la Secretaría de Energía y la Subsecretaría de Deportes y Turismo Social, se promovió la aplicación de subsidios tarifarios destinados a instituciones deportivas ubicadas en la provincia. La Secretaría de Energía realizó estudios que demostraron la factibilidad de la puesta en vigencia de la Tarifa Eléctrica para el Deporte para instituciones deportivas de primero, segundo y tercero grado, es decir, clubes, asociaciones y/o federaciones y centros deportivos educacionales dependientes de las administraciones municipales, provinciales o nacionales, instaladas en el territorio de la provincia. En ese marco, el coordinador de Programas Especiales de la Secretaría de Energía confirmó que “el Fondo Compensador de Tarifas cuenta con recursos suficientes que permiten afectar hasta la suma de 200.000 pesos anuales para atender el gasto que demande la aplicación de la Tarifa Eléctrica para el Deporte”.