Domingo 24 de Agosto de 2008, 13:15

El gobierno extendió el cronograma de pagos

| El Poder Ejecutivo resolvió, a través del Decreto 4940 publicado en el Boletín Oficial de este viernes, que los haberes mensuales de los agentes públicos de los tres poderes del Estado provincial, sin excepción alguna, serán abonados de acuerdo al cronograma que confeccione la Secretaría de Hacienda, el que no podrá exceder del día diez del mes siguiente al que fueran devengados.

En los considerandos del texto se señala que “en esta materia no existe norma general de carácter permanente que determine el plazo para liquidar y abonar los haberes de la totalidad de los agentes públicos” y que “se entiende necesario establecer que los haberes de todos los agentes públicos activos y pasivos provinciales deberán hacerse efectivos dentro de plazos razonables del mes siguiente al que fueran devengados”. Por eso, faculta a la Secretaría de Hacienda "a establecer un cronograma mensual de pago que exceda de esa fecha, fundado en razones justificadas". El decreto generó preocupación en los gremios estatales y para algunos sectores encierra, en esta última delegación a la Secretaría de Hacienda, la llave para justificar los nuevos cronogramas. Fuente: Recinto Net.