Viernes 26 de Octubre de 2007, 10:56

El STJ falló en contra de un grupo de jubilados para cobrar inc

| La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó la apelación de un grupo de jubilados docentes contra el fallo de primera instancia que les había denegado la acción de amparo por la cual pretendían que el Estado provincial, por intermedio de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, les abonara el Incentivo Docente.

La resolución del STJ se refiere a las actuaciones: “Pérez, Hipólito Argentino y otros c/Superior Gobierno de la provincia y otro s/Acción de ejecución”. Según destacó el presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones, Daniel Elías, “este fallo del STJ fija jurisprudencia en la materia al rechazar la pretensión de los jubilados actores en relación al llamado Incentivo Docente y por lo tanto confirma que el Estado provincial tiene la razón al manifestar que el contexto procesal de una acción de amparo no es el ámbito en el cual debía tratarse esta temática y que la conducta asumida por el Gobierno ha sido la de cumplir con lo previsto en la legislación que instituye este complemento salarial”. “La sentencia confirma nuestros argumentos, sostenidos en la contestación de las demandas por parte del letrado Sergio Colja, representante legal del organismo, y la posición manifestada por esta Presidencia en recientes declaraciones sobre el tema. Además, ratifica que debía tratarse con prudencia la información, puesto que se había afirmado con certeza que el Estado provincial estaba obligado a abonar a los jubilados docentes el incentivo cuando aún no se encontraba firme la única sentencia de primera instancia que había hecho lugar a la acción”, subrayó Elías. En ese marco, entendió que “con este fallo el panorama queda absolutamente aclarado y se fija una jurisprudencia en la materia que evidentemente será repetida en los restantes juicios que se habían promovido. Queda en claro que la Caja de Jubilaciones no está obligada a abonar el incentivo docente a los jubilados de dicho escalafón, ya que hasta aquí tenemos una legislación que instituye este complemento salarial para los trabajadores en actividad”, acotó. Finalmente, consideró que “tal como lo hemos manifestado en varias oportunidades, este tema debería ser incorporado en las agendas de trabajo de las próximas gestiones, ya que es una ley que hace muchos años se consideró una conquista para el sector, pero lamentablemente resolvió la situación de los trabajadores en actividad, pero no incorporó a los beneficiarios jubilados pensionados de dicho sector.