Lunes 30 de Octubre de 2006, 21:36

El STJ ratificó la condena a Rossi

| El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ratificó la condena por enriquecimiento ilícito al ex vicegobernador, Domingo Daniel Rossi. Expusieron el defensor Julio Federik; el representante de la querella, Luis Pedemonte, y el fiscal Jorge Beades. Esos dos últimos rechazaron el pedido de nulidad del defensor.

el primero en exponer fue el defensor del intendente Rossi, Julio Federik, quien argumentó el motivo de su presentación en casación. Explicó que la intención era hacer frente a una sentencia que, a su criterio, tenía “severas falencias, que la invalidan de manera categórica”. Desde entonces y hasta el final de su planteo, Federik desplegó argumentos ya escuchados en su alegato antes de la sentencia de la Cámara penal. Habló de cinco elementos que motivan el pedido de nulidad, aunque con el agregado -en esta instancia- de que el caso estaba prescripto. En primer término, el defensor sostuvo que el requerimiento fiscal con el que se lo acusó a Rossi “no era preciso”, y fustigó al acusador de la instancia anterior, José María Chémez, al considerar que aumentó la cifra del enriquecimiento ilícito. “En el alegato de la acusación, el fiscal de Cámara dice que la acusación era por casi cinco millones de pesos, y es ahí recién donde nos enteramos de qué tenemos que defendernos”, argumentó. A lo largo de su exposición, que se extendió por poco más de una hora, Federik advirtió reiteradamente que el proceso por el delito de enriquecimiento ilícito “invierte la carga de la prueba” y a su criterio eso obliga a dar precisiones de la cifra que se le imputa como enriquecida ilícitamente. Como segundo punto, cuestionó lo que en derecho se denomina “noticia críminis”. Bajo este punto, el defensor sostuvo que es motivo de nulidad que la existencia de las cuentas bancarias a nombre del intendente de Santa Elena, se haya conocido por “la violación del secreto profesional”. En ese sentido, tomó por cierto que el abogado Carlos Neuman le diera los comprobantes de las cuentas a su ex esposa, Ana Pemayón. Recordó que esos documentos dieron origen a la investigación periodística del semanario Análisis y, posteriormente a la denuncia del fiscal de primera instancia de La Paz. “Está perfecto lo que hizo el fiscal y lo que hizo el investigador periodístico”, consideró el abogado. No obstante, insistió en que “la violación del secreto del abogado determina la nulidad”. El tercer motivo de su planteo se refirió a lo que denominó como “un planteo excesivo de la acción penal hacia atrás”. Bajo esa definición cuestionó que se le requiera a Rossi que justifique su patrimonio “en asuntos de 12 ó 15 años atrás en el tiempo”. “Sobre el cuarto motivo no me quiero explayar”, advirtió, pese a lo cual lo dejó sentado: el pedido de prescripción de la causa. Se refirió luego al quinto tema, al que identificó como “arbitrariedad técnica en la valoración de la prueba”. Destacó la declaración testimonial del ex senador Héctor Maya, quien en el juicio oral y público sostuvo que es habitual que los candidatos depositen en sus cuentas personales los fondos para las campañas políticas. En ese punto, descartó que Rossi se haya apropiado de esos dineros. Cuestionó las pericias contables tomadas en cuenta en el juicio, y rechazó que se haya aplicado el nivel de gasto de Rossi en el 50 por ciento de sus ingresos. Para Federik, el paso por la vicegobernación de su defendido le permitió un ahorro superior. También se mostró molesto por el hecho de que el perito contable no haya tomado en cuenta los gastos reservados a los que tenía acceso el condenado ex vicegobernador. Federik insistió en que la causa estaba prescripta, y calificó a la sentencia de la Cámara como plagada con “un manojo o racimo de nulidades”. En virtud de eso, solicitó formalmente que se rechace la sentencia por la cual Rossi fue condenado a tres años de prisión en suspenso, la inhabilitación para ejercer cargos públicos por ocho años y el pago de una multa de 90 mil pesos. [u]La querella y el fiscal[/u] Inmediatamente después del planteo de la defensa, tuvo la palabra el representante de la Oficina Anticorrupción, Luis Pedemonte, como querellante en el proceso. El funcionario provincial hizo una exposición breve, pero no dejó puntos sin contestar. Rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la figura de enriquecimiento ilícito al inclinarse por la postura de que “la norma penal obliga a un deber positivo de transparencia”. Luego de esa definición, fijó como objeto procesal a “la tenencia dineraria de Domingo Daniel Rossi, incluso a nombre de terceros”, lo que a criterio del querellante quedó claramente establecido. Para Pedemonte, el defensor alegó que hubo arbitrariedad en la valoración técnica, pero no pudo demostrarlo, a la vez que consideró que analizó sólo fragmentos de la sentencia y no su totalidad. Por último, el querellante admitió que no logró establecer el monto del enriquecimiento, pero que eso “no afecta el razonamiento lógico de la sentencia” a la que avaló. En consecuencia pidió que se rechace el planteo de nulidad pedido por Federik. Por su parte, el fiscal Jorge Beades analizó los puntos planteados por el defensor, para concluir en que también debe ser rechazada la embestida contra la sentencia de los camaristas. El representante del ministerio Público Fiscal advirtió que “está en las antípodas” de la posición expresada por el defensor y sostuvo que “los vicios que se han pretendido demostrar no existen”. Incluso se permitió calificar al fallo de los camaristas Jorge García, Hugo Perotti y Raúl Herzovich como “pieza procesal impecable y de razonamiento lógico”. Beades atacó con firmeza la idea del defensor de Rossi de que al no haber precisiones sobre el monto requerido debe dictarse la nulidad. En ese punto, el fiscal consideró que se demostró en el proceso que el intendente santaelenense “acrecentó su patrimonio, y no interesa el hecho de que si fue en cinco millones, dos o un millón de pesos”. “Ese incremento existió y surge de las cuentas que Rossi tenía en el Uruguay y algunos otros bienes”, remató. “El imputado conoció de qué se lo estaba acusando y de qué tenía que defenderse”, observó el fiscal del Superior Tribunal de Justicia. También cuestionó el embate por el supuesto vicio de la noticia crimis, al sostener que “no está probado que el abogado Neuman haya violado el secreto profesional” y no dejó de considerar que “no podrá acreditarse tampoco porque [Neuman] no está ya entre nosotros y no se puede defender”, dijo en alusión a que quien fuera abogado de Rossi falleció. Tras sostener que “la defensa ha pretendido manejarse con meras suposiciones”, el fiscal se reservó la posibilidad de suponer también y dijo. “quizás el abogado haya tenido los documentos [sobre las cuentas bancarias en el Uruguay] como manera de ocultar los fondos de procedencia non sanctas”. “Si pudiera llegar a suponer con la misma impunidad, podría decir que Neuman actuó como cómplice para ocultar los fondos”, observó. Beades destacó la labor de los fiscales de instancias anteriores, en especial del Juzgado de La Paz que “hizo ingentes esfuerzos por destrabar el secreto bancario del Uruguay”. Deslizó un cuestionamiento a Federik al indicar que “no es saludable sacar de contexto frases y valoraciones formuladas por los vocales de la Cámara” y calificó el fallo condenatorio como “de lógica valoración de los hechos”. Tomo distancia del criterio del defensor, al sostener la legalidad de que a un funcionario público se le requiera rendición de cuentas del lapso en que duró en la función. En ese sentido, precisó que Rossi debe dar cuenta desde 1983, año en que accedió a la Intendencia de Santa Elena en adelante. No obstante, Beades se encargó de recordar que cuando comenzó el proceso de instrucción Rossi debía hacer rendiciones por lo que había percibido tan sólo cuatro años antes. Finalmente, Beades pidió que se confirme la sentencia que condena a Rossi. [u]Rossi insiste con su inocencia[/u] Al término de las exposiciones de las partes, el vocal Carlos Chiara Díaz le dio la posibilidad de hacer uso de la palabra a Rossi, quién insistió con su inocencia, y dijo que el patrimonio que posee lo consiguió luego de haber trabajado desde “los 14 años, de haber sido gerente de la Cooperativa (de los trabajadores del Frigorífico Santa Elena) y de haber sido intendente a los 31 años, vicegobernador a los 35”. Por último, destacó que no quiso ser senador, para no ampararse en los fueros, y volvió a decir que es “inocente”. Fuente: Cronista Digital