Domingo 20 de Agosto de 2006, 12:57

El Tribunal de Cuentas avaló el contrato de agente financiero

| El organismo despejó las dudas planteadas sobre la operación. El acuerdo firmado con el Nuevo Bersa no altera principios de legitimidad ni causa perjuicio fiscal.

En un dictamen que remitió el viernes el Tribunal de Cuentas (TC) acerca del contrato de agente financiero celebrado entre el gobierno y el banco Nuevo Bersa SA, se consignó que “no quedaron dudas” de que el procedimiento para llevar adelante tal operación “no altera principio alguno de legitimidad” y que no hubo “perjuicio fiscal”. La decisión está contenida en informes originados por un trámite de control de rendición de cuentas firmados por el asesor jurídico Luis María Campos; los seis fiscales de cuentas y el cuerpo de auditores del TC acerca del contrato de agente financiero. Allí “se da por terminada la tramitación, disponiéndose el archivo de la misma”. El asesor jurídico refirió en su informe que “no puede hablarse de que ha habido en la contratación mencionada incumplimiento a la Ley de Contabilidad o al régimen al respecto que ella establece”. En cuanto a la “razonabilidad del valor contratado” con el banco, el cuerpo de auditores pone de manifiesto que “dadas las particularidades de los servicios que comprende esta contratación, los que son de muy difícil medición y valorización, no es posible determinar la razonabilidad del precio contratado ni hacer comparaciones que resulten válidas con otras instituciones bancarias que puedan ofrecer este tipo de servicios a la Provincia o con contrataciones anteriores”. Este párrafo corresponde a una nota rubricada por Hugo Jensen, a quien adhirió Eduardo Rudi (de la jefatura de Auditoría). Por su parte, en un dictamen conjunto, los fiscales de cuentas Raúl Gaillard, Estela Bovier de Haenggi, Irupé de Rodríguez, Elvio Bordet, Susana Martínez Lacabe y Miguel Ángel Sampietro, coincidieron en señalar que “no quedan dudas que el procedimiento para llevar adelante tal operación no altera principio alguno de legimitidad”. Además, el documento sostiene que “del informe de la auditoría actuante no surge la existencia de perjuicio fiscal, motivo por el cual estas fiscalías en conjunto no formulan reparos respecto de la contratación del Nuevo Banco de Entre Ríos, efectuada dentro del marco de la Ley Nº 9.645”. El ministro de Economía, Diego Valiero, sostuvo ayer que en el “trámite interno” del Tribunal de Cuentas, que le dió intervención al asesor jurídico del organismo Luis María Campos, el profesional “manifestó que no tiene dudas en relación a que no puede hablarse de que en la contratación mencionada hubo incumplimientos a la Ley de Contabilidad o al Régimen que al respecto ella establece”. Es decir que, “desde el punto de vista jurídico de la contratación queda descartado cualquier tipo de irregularidad en el convenio de agente financiero”, remarcó el funcionario. “Luego se dio intervención al cuerpo de auditores del Tribunal, que sostuvo que se trata de una situación muy particular en cuanto a los servicios que se pretende contratar son de muy difícil medición y no es posible determinar la razonabilidad del precio contratado ni hacer comparaciones que resulten válidas”, añadió el ministro. En este punto, mencionó que el auditor “analiza que además de los conceptos que normalmente se entienden comprendidos -que estaban en otras contrataciones anteriores-, en el pliego de bases y condiciones de las acciones estaba establecido que no cambiara la denominación social, no trasladar su domicilio fuera de la provincia, no fusionarse con otra entidad, no cerrar las sucursales o agencias y debía designar un titular”. Valiero resaltó que “cada uno de esos proyectos se han cumplido y además existe una serie de obligaciones del agente financiero que son particulares”, y por estas razones el auditor “dice que es de difícil comparación en esta situación el tema del precio, es decir que no se puede comparar con el contrato anterior”. También indicó que los seis fiscales del Tribunal de Cuentas “se expidieron por unanimidad compartiendo lo expresado por el asesor jurídico, y concluyen que no quedan dudas que el procedimiento para llevar adelante tal operación no altera principio alguno de legitimidad”, finalizó. El Poder Ejecutivo obtuvo la autorización para firmar el contrato de agente financiero mediante la Ley N° 9.645. La particularidad del proceso fue que no sólo la norma fue votada por la Legislatura, sino que además durante el trámite parlamentario se le introdujeron modificaciones al proyecto original que había sido enviado por por el gobernador Jorge Busti.