Sábado 9 de Agosto de 2014, 17:29

ENERSA suma servicios vía SMS

| ENERSA sumará servicios a través de mensajes de texto, una modalidad que "ha demostrado tener muy buena aceptación", indicaron desde la compañía.


Según se indica en un parte de prensa enviado a la redacción de RIEL FM la Misión de ENERSA, “la búsqueda y la preocupación diaria por la satisfacción del usuario es una prioridad”, por lo que la empresa está desarrollando acciones tendientes a mejorar la atención comercial y la capacidad de respuesta. En el mes de abril, se implementó un nuevo canal de comunicación para gestionar reclamos por falta de luz de una manera más rápida y sencilla: en caso de falta de servicio, los usuarios pueden enviar un mensaje de texto (LUZ ESPACIO NÚMERO de ID) al 70080 y recibirán, como respuesta, un número personal de constancia de reclamo y la garantía de que el mensaje fue recibido y derivado para su solución. Cabe recordar que el N° de ID se encuentra en el extremo superior derecho de la factura. La comunicación a través de SMS, además de ser práctica y económica, permite la posibilidad de que el usuario tenga un canal alternativo de contacto con ENERSA, evitando la espera que podría conllevar una llamada telefónica, especialmente en horarios de alta demanda. Cuatro meses después, el servicio ha demostrado tener una alta aceptación entre los entrerrianos. El año pasado, ENERSA dejó de emitir el aviso de suspensión, y las fechas tentativas de corte del servicio en caso de cuotas impagas figuran en la factura de la luz, resaltadas en un recuadro de color rojo. Sin embargo, los usuarios que aún así deseen contar con la modalidad del aviso previo, podrán en breve suscribirse por SMS, enviando AVISO ESPACIO NÚMERO de ID al 70080. De este modo, cada vez que el usuario no pague a término una cuota de su factura, recibirá como respuesta un aviso con la fecha límite de pago y el monto de la deuda, evitando de este modo una suspensión de suministro. El aviso le llegará de manera automática, una vez transcurridos los cinco días hábiles luego del segundo vencimiento de la cuota impaga.