Martes 14 de Marzo de 2006, 11:49

FEDER planteará la ilegalidad de la Tasa de Comercio

| El sábado 11 de marzo sesionó en Gualeguaychú la Federación Económica de Entre Ríos (FEDER) presidido por su titular, Daniel Zabala, e integrantes de la Comisión Directiva. Las deliberaciones tuvieron lugar en el Centro de Defensa Comercial e Industrial, analizándose una serie de puntos.

Sin dudas que el más importante, por el debate que vendrá, fue el reclamo que desde hace tiempo viene haciendo la Cámara Argentina de Comercio (CAC) y la FEDER respecto de la utilización que se hace de la Tasa de Higiene, Profilaxis y Seguridad por parte de los municipios argentinos. Miguel Quiroga -Vicepresidente de la entidad- informó que la reunión se concretó en nuestra ciudad “a instancias de todos los centros comerciales para estar presente en adhesión a la lucha contra las papeleras. Luego del encuentro fuimos todos al corte, hablando Zabala y el titular del Centro de Colón”. El tema “más candente” analizado en la sesión “fue la Tasa de Higiene, Profilaxis y Seguridad que cobran los municipios -conocida por la Tasa de Comercio- que de acuerdo a los usos y costumbres de muchos años su destino se ha ido tergiversando y no se ajusta estrictamente a la legalidad, cuyos recursos sean asignados para la cual fue promulgada dicha Ley”. Aclaró que las tasas no son impuestos “sino que, como contrapartida, tienen un servicio y no pueden cobrar más de lo que el servicio cuesta. Por consiguiente la recaudación de estas tasas supera ampliamente el destino”. [b]-¿Frente a este estudio efectuado qué medidas tomarán?.[/b] Vamos a realizar un reclamo genuino, auténtico, que nos corresponde, de plantear la ilegalidad e inconstitucionalidad de la Tasa de Comercio. Lo hizo públicamente tiempo atrás el contador Zabala y fue contestado duramente por la Liga de Intendentes del PJ. Decidimos dejarlo en receso al punto, estudiarlo en profundidad y pedimos la colaboración y asesoramiento del contador Julio Budasoff -experto tributario- y elaboramos un documento que se hará público”. Destacó que desde la FEDER “transmitiremos a todos los intendentes que no queremos ser vistos como enemigos, que sepan que nosotros no vemos a las intendencias como nuestras enemigas. Somos concientes que tanto los intendentes como el comercio somos víctimas de un sistema tributario regresivo, viendo con preocupación que nadie hace nada al respecto para cambiarlo”. Quiroga indicó que en la reunión “quedó en evidencia que cualquier contribuyente le gustaría más aportar la mayor cantidad de impuestos en el municipio -por una cuestión de control directo- y no al revés: más a la nación, luego a la provincia y por el último al municipio. No queremos generar un desfinanciamiento de éste pero sí apostamos a instalar el tema porque se merece la discusión y con los intendentes, juntos, codo a codo, viendo la posibilidad de generar propuestas diferentes y no un entredicho público que no sirve para nada”. Acotó que la Cámara Argentina de Comercio “viene bajando líneas porque ve que uno de los principales reclamos que recoge de todos los confines del país es sobre la tasa de Comercio que se cobra por distintos conceptos como es el caso de la de turismo; muchos Centros se quejan que los municipios no vuelcan este recurso a lo estipulado sino que lo llevan a rentas generales”. [b]-¿Qué pasa con la Tasa de Abasto?[/b] Existe en la provincia de Buenos Aires, en Entre Ríos hay algunos municipios que también la cobran; es la tasa por ingresar la mercadería a una localidad con lo cual se constituyen en aduanas internas y no tienen mucho de legalidad. Hay muchas cosas para charlar, pretendemos iniciar el debate, no enemistarnos con nadie. Lo haremos con mucha prudencia pero considerando que es necesario. [b]-¿Han avanzando sobre la problemática con algunos intendentes?[/b] No, hasta ahora ningún Centro ha encarado en forma individual, todo esto se realiza a través de la FEDER; por otro lado es cierto que hay disparidad de opiniones en cuanto a la energía a poner sobre este tema de los distintos Centros porque no todos sienten igual con respecto a su municipio. Hay algunos que están de acuerdo, otros temen desfinanciar a las comunas pero esa no es nuestra intención. Otro grupo está con los tacones de punta porque el intendente es considerado un inepto, no hace las cosas que el pueblo le requiere, no invierte en su ciudad y no se genera turismo. Este no es el caso de Gualeguaychú. Frente a esto queremos aunar criterios y establecerlo en el orden provincial en líneas generales. El documento será publicado contestando a la Liga de Intendentes Justicialistas. [b]Recambio institucional[/b] En otro orden, Quiroga adelantó que el 29 de abril tendrá lugar en Paraná la Asamblea Anual Ordinaria, produciéndose el recambio de autoridades. El sábado pasado el Centro Comercial de Paraná mocionó a Miguel Quiroga para reemplazar a Zabala en la presidencia. El dirigente corroboró la información “pero hay otro postulante que es un amigo personal de Gualeguay, tiene serias aspiraciones y con una militancia de muchos años; se va a dirimir sin elecciones internas, de común acuerdo, entre todos los Centros. Lo que diga la mayoría -lo hemos manifestado ambos- vamos a aceptarlo”. Reconoció que el Centro Comercial de Gualeguaychú “siempre tuvo el problema de la enorme distancia que hay con Paraná pero yo no soy un hombre que le escapa al bulto. No obstante, apoyo al dirigente de Gualeguay quien cuenta con todos los méritos para reemplazar a Daniel Zabala”. [b]Respuesta a intendentes del PJ[/b] El documento aprobado por la FEDER en respuesta a las críticas de intendentes del PJ, y que se hará pública en los próximos días. “La Argentina es un país democrático, republicano y federal, que se ha constituido por la unión de provincias. En el marco constitucional nacional se ha dictado la Ley N° 23.548, de la Coparticipación Federal de Impuestos, normativa a la cual la Provincia de Entre Ríos adhirió sin condiciones, por si y en representación de todos los municipios, mediante la Ley Provincial N° 8.079. Así, la primera forma parte del derecho interno y mediante ella se pretende asegurar el programa financiero federal. En virtud de ese programa financiero federal, se asigna a los municipios, una parte de los impuestos nacionales y otra de los impuestos provinciales, para el cumplimiento de sus deberes específicos”, señala. Expresa que los municipios, en materia tributaria, están condicionados por las leyes provinciales N° 3.001 y 8.079, por la Constitución Provincial, la Ley Coparticipación Federal y la Constitución Nacional; de allí proviene en parte el concepto de autonomía limitada. Darle a las facultades municipales el alcance que los intendentes pretenden significa lisa y llanamente permitirles que con argumentos de similar naturaleza, se abstengan de cumplir con el resto de las leyes provinciales y nacionales, que en ejemplo claro y sencillo, podrían no someterse a los tribunales provinciales porque el Código Procesal de la Provincia es ley provincial y no municipal, o que al Código Civil no les fuera aplicable, por ser ley nacional. Lo que diga el intendente confunde soberanía con autonomía limitada, y ello es inaceptable e impensable sin desnaturalizar e incumplir con el programa federal de tributación”. Fuente: Rubén Skubij de la redacción del diario El Día.