Martes 24 de Junio de 2014, 10:29

Imputan a dos empleados de ATER y decenas de empresarios por el desfal

| La Procuración General del Poder Judicial pidió formalmente que se inicie una investigación por las irregularidades detectadas y denunciadas en el seno de la Administración Tributaria de Entre Ríos (ATER). Imputan a dos empleados de ATER y decenas de empresarios por el desfalco con compensaciones.

La instancia se denomina como “requerimiento de instrucción formal”, elaborado por los Fiscales Gervasio Labriola y Laura Cattaneo, y en el caso específico alude a la denuncia caratulada “Casaretto, Marcelo Pablo-Director Ejecutivo de ATER S/ Su Denuncia”. La información se publica en el sitio oficial del Poder Judicial, donde se incluyen una treintena de nombres de personas vinculadas a las empresas involucradas en el desfalco más otro tanto de nombres de firmas. “A partir de la denuncia presentada ante el Ministerio Público Fiscal por parte del director ejecutivo de ATER, que dio inicio a las actuaciones, más la información documental que se presentó, y con la información relativa a los contribuyentes a cuyo favor se habrían simulado fraudulentamente operaciones de compensación tributaria en el período denunciado, la fiscalía entendió que existen elementos de prueba serios y suficientes tendientes a tener por acreditados las denuncias, de lo que surge prima facie la realización de conductas jurídico-penalmente relevantes”, dice la información oficial de la Justicia entrerriana. Explica que el requerimiento de instrucción formal señala que “durante el período comprendido entre el 01/01/2012 y el 04/06/2014, María Estrella Martínez de Yankelevich y Abelardo Daniel Gaggión en su calidad de agentes de la Administración Pública Provincial -funcionarios públicos-, con prestación de servicios en la Administradora Tributaria de la Provincia de Entre Ríos -ATER- donde cumplían funciones de jefa del Departamento Despacho y jefe de División Mesa de Entradas respectivamente, en connivencia y de común acuerdo entre sí, con otros funcionarios aún no identificados, y con los contribuyentes de distintos impuestos, que tenían pleno conocimiento de la maniobra”, dice tras lo cual menciona: Aisicovich Aníbal Darío, Allassia Yeates Mabel Yolanda, Alvarez Roque Augusto, Barberis Miriam Viviana, Barrichi Fabian Edgardo, Berthet Daniel Enrique, Boccadoro Juan Jose, Boccadoro Sergio Esteban, Bondaz Olga Noemi, Caire Jorge Daniel, Cracco Adolfo Inosencio, Cracco Maria Gabriela, Dapit Fulvio Valentin, Delasoie Eloy Miguel, Ferreri Rodolfo Sixto, Ferreri Rodrigo Sixto, Garat Roberto Juan, Gianico Eymann Facundo Camilo, Gimenez Maria Clara, Hundt Juan Carlos, Kloss Sergio, Leiva Hernán Horacio, Mathey Doret Rita Alejandra, Meli Maria Patricia, Metralle Claudia Patricia, Murador Omar Jesus, Neme Andrea Alejandra, Perez Ruben Allan, Perrotat Oscar Alberto, Premaries Mariano Raul, Ramirez Javier Francisco, Santiago Claudio Maria, Sosa Matilde Lina, Spiazzi Maria Teresa, Tejera Mario, Viola Roberto Eduardo, Von Muhlinen Ricardo Conrado, Robin Oscar Francisco, “Campos SRL”, “Casa Schanton S.A.”, “Centro Electrico S.A.”, “Cierto Argentina S.A.”, “Comercial Federal SRL”, “Congelar SRL”, “Derudder Hnos SRL”, “Dilfer S.A.”, “Economic Fuel SRL”, “El Sembrador SRL”, “Espinillo S.A.”, “Establecimiento Agricola Ganadero San Esteban S.A.”, Establecimiento Metalurgico Colon S.A.”, “Gambaro Motos SRL”, “Hard SRL”, “Insumos Entre Rios S.A.”, “Integracion De Servicios Empresariales SRL”, “M Y R SRL”, “Mana Distribuciones S.A.”, “Maria Luisa Berisso S.C.A.”, “Mario A. Berisso S.C.A”, “Mobe SRL”, “Organizacion Delasoie Hermanos S.A.”, “Organizacion Hotelera Costa SRL”, “Ponce Marta Delfina Y Ancarola Hilda”, “Salud Mental Entre Rios S.A.”, “Supermercado Fontana SRL” Y “Transportes Robin Hermanos SRL” actuando éstos por cuenta propia, a través de sus representantes y/o personas en quien hubieren delegado facultades; violando su deber de fidelidad y con el fin de otorgar a éstos un beneficio patrimonial indebido, en perjuicio de los intereses que se encontraban bajo su cuidado, simularon operaciones de compensaciones tributarias para contribuyentes acreedores de deuda líquida y exigible del Estado Provincial, eludiendo en su totalidad el trámite administrativo previsto por la normativa vigente para este tipo de operatoria y sin contar con las Resoluciones Ministeriales respaldatorias (art. 75º del Código Fiscal -T.O. 2006- Ley Nº 7060 de Procedimientos para Trámites Administrativos, Resoluciones Nº 236/12 M.E.H.F. y Nº 268/12 M.E.H.F., Circular Nº 02 C.G. de fecha 18/12/2012); las cuales fueron efectivizadas y registradas en sus cuentas corrientes obrantes en el sistema administrativo tributario -SAT- de la ATER, al cual tenía acceso en su calidad de “usuario” Abelardo Daniel Gaggión mediante la clave personal y secreta que le pertenecía, Nº IG16466282, - quien actuaba en cumplimiento de órdenes impartidas por Estrella Martínez de Yankelevich- mediante la consignación de créditos líquidos y exigibles inexistentes de titularidad de dichos contribuyentes en contra del Estado Provincial por montos equivalentes a los distintos impuestos adeudados por éstos a la ATER, de manera tal de posibilitar tales operaciones de compensaciones tributarias fraudulentas con la consecuente cancelación y extinción de las deudas mantenidas con el fisco provincial, todo lo cual ocasionó el consiguiente perjuicio al erario público provincial, conforme surge de los siguientes casos concretos” descriptos en 65 hechos”. El Requerimiento también señala que “la suma total de los importes ingresados en el SAT por los encartados a raíz de las operaciones de compensación tributaria simuladas en el período comprendido entre el 01/12/2012 y el 04/06/2014 representa un perjuicio patrimonial global a la administración pública provincial que asciende al monto total de Pesos Dieciocho Millones Ciento Veinticinco Mil Quinientos Cincuenta y Ocho con Noventa Y Cinco Centavos (18.125.558,95), de los cuales se utilizaron efectivamente para cancelar obligaciones tributarias de los contribuyentes por un monto de Diecisiete Millones Ochenta y Ocho Mil Doscientos Ochenta y Un Pesos con Cincuenta y Ocho Centavos (17.088.281,58)”. Por todo esto desde la Fiscalía se solicita que la Jueza de Instrucción cite a los imputados a prestar declaración indagatoria por los hechos relatados y otras medidas probatorias que acompañan la presentación.