Sábado 22 de Octubre de 2005, 16:11

¿Cómo se eligen los Diputados Nacionales?

| El número de representantes será de uno por cada treinta y tres mil habitantes o fracción que no baje de dieciséis mil quinientos. Después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado.

La Cámara de Diputados se compondrá de representantes elegidos directamente por el pueblo de las provincias, de la Ciudad de Buenos Aires, y de la Capital en caso de traslado, que se consideran a este fin como distritos electorales de un solo Estado y a simple pluralidad de sufragios. [u]Código Electoral Nacional[/u] Los diputados nacionales se elegirán en forma directa por el pueblo de cada provincia y de la Capital Federal que se considerarán a este fin como distritos electorales. Cada elector votará solamente por una lista de candidatos oficializada cuyo número será igual al de los cargos a cubrir con más los suplentes previstos en el artículo 163 de la presente ley. El escrutinio de cada elección se practicará por lista sin tomar en cuanta las tachas o sustituciones que hubiere efectuado el votante. No participarán en la asignación de cargos las listas que no logren un mínimo del tres por ciento (3%) del padrón electoral del distrito. Los cargos a cubrir se asignarán conforme al orden establecido por cada lista y con arreglo al siguiente procedimiento: a) El total de los votos obtenidos por cada lista que haya alcanzado como mínimo el tres por ciento (3%) del padrón electoral del distrito será dividido por uno (1), por dos (2), por tres (3) y así sucesivamente hasta llegar al número total de los cargos a cubrir; b) Los cocientes resultantes, con independencia de las listas de que provengan, serán ordenados de mayor a menor en número igual al de los cargos a cubrir; c) Si hubiere dos o más cocientes iguales se los ordenará en relación directa con el total de los votos obtenidos por las respectivas listas y si éstos hubieran logrado igual número de votos el ordenamiento resultará de un sorteo que a tal fin deberá realizar la Junta Electoral competente; d) A cada lista le corresponderán tantos cargos como veces sus concientes figuren en el ordenamiento indicado en el inciso b). Se proclamarían diputados nacionales a quienes resulten elegidos con arreglo al sistema adoptado en el presente capítulo. En las convocatorias de cada distrito electoral se fijará el número de diputados nacionales, titulares y suplentes. A estos fines se establecerá el número de suplentes que a continuación se expresa: Cuando se elijan 2 titulares: 2 suplentes. Cuando se elijan de 3 a 5 titulares: 3 suplentes. Cuando se elijan 6 y 7 titulares: 4 suplentes. Cuando se elijan 8 titulares: 5 suplentes. Cuando se elijan 9 y 10 titulares: 6 suplentes. Cuando se elijan de 11 a 20 titulares: 8 suplentes. Cuando se elijan 21 titulares o más: 10 suplentes. En caso de muerte, renuncia, separación, inhabilidad o incapacidad permanente de un diputado nacional lo sustituirán quienes figuren en la lista como candidatos titulares según el orden establecido. Una vez que ésta se hubiere agotado ocuparán los cargos vacantes los suplentes que sigan de conformidad con la prelación consignada en la lista respectiva. En todos los casos los reemplazantes se desempeñarán hasta que finalice el mandato que le hubiere correspondido al titular. [u]En Entre Ríos[/u] Se encuentran habilitados más de 840.000 entrerrianos para poder elegir los diputados nacionales que representarán a la provincia hasta el 2009 840.006 ciudadanos entrerrianos (430.041 mujeres y 409.965 hombres) podrán votar en las 2.580 mesas que se habilitarán para elegir a cinco diputados nacionales que representarán a Entre Ríos en el Congreso Nacional. Pero además, por primera vez en la historia de Entre Ríos, tendrán la oportunidad de participar de una consulta popular sobre la reforma de la Constitución provincial que se hará en forma simultánea al acto comicial. En ese marco, el Gobierno entrerriano señaló que este mecanismo democrático de participación popular se utilizará, en esta oportunidad, para consultar a la población si está de acuerdo o no con la reforma de la Constitución provincial. Por ello, los hombre y mujeres entrerrianos se encontrarán este domingo, en cada una de mesas de las escuelas donde se vote, con dos urnas debidamente identificadas. Una de ellas será para introducir el sobre blanco con la boleta de los diputados nacionales, y la otra para depositar el sobre verde con la boleta por el sí o por el no a la reforma constitucional. Cabe recordar que -de acuerdo a lo resuelto por la Cámara Nacional Electoral- el presidente de mesa le consultará a los ciudadanos si desean participar de la consulta, y si responden en forma afirmativa, se les entregará junto al sobre blanco el sobre verde. También el presidente de mesa deberá informar y asistir con claridad al elector ante cualquier consulta, duda o pregunta respecto del procedimiento de la consulta. Una vez en el cuarto oscuro, los votantes encontrarán una mesa con las boletas de los candidatos de diputados nacionales, y otra con dos grupos de boletas: uno con la inscripción del SI a la reforma y otro con la inscripción del NO. En el sobre blanco el ciudadano deberá introducir la boleta elegida para diputados nacionales, y en el verde hará saber su decisión sobre la necesidad de la reforma constitucional. Es decir, el Poder Ejecutivo convocó a los ciudadanos a la consulta popular voluntaria y no vinculante para este domingo 23 de octubre, mediante el uso de boletas, urnas y sobres distintos, perfectamente individualizados y separados de los utilizados para las elecciones de diputados nacionales. Otro dato importante, que ratifica la libertad de cada hombre y mujer de esta provincia de participar o no de la consulta popular, sin coacción alguna, es que en el documento de los ciudadanos se colocará sólo el sello correspondiente a la elección para diputados nacionales, es decir, que no se podrá identificar a quien hubiera participado o no de la consulta. Asimismo, cabe aclarar que la Cámara Nacional Electoral descartó cualquier posibilidad de “confusión” en el electorado ya que “se han extremado las medidas tendientes a evitarla”. [u]Las elecciones a diputados [/u] Son ocho las listas que se pondrán a consideración de los ciudadanos este domingo para elegir a cinco diputados nacionales en Entre Ríos. De acuerdo al Padrón Electoral facilitado por la Junta Electoral Nacional - Distrito Entre Ríos, los 840.006 ciudadanos entrerrianos en condiciones de votar (430.041 mujeres y 409.965 varones) emitirán su sufragio en 2.580 mesas habilitadas. El departamento con mayor cantidad de electores es Paraná, con 233.337 ciudadanos (171.324 en la ciudad, y 62013 en Paraná Campaña); seguido por Concordia, con 106.256 ciudadanos; Gualeguaychú, con 76.510; y Uruguay con 69.464 ciudadanos. Fuente: Infover.