Miércoles 15 de Junio de 2011, 09:53

La Justicia entrerriana autorizó a una travesti el cambio de id

| El Superior Tribunal de Justicia dio lugar a una acción de amparo por la que una persona decidió cambiarse el nombre en el Registro Civil. La petición había sido denegada por el organismo y Fiscalía de Estado.

Para los tribunales entrerrianos, María Victoria podrá estampar, con el nombre que eligió, su denominación en el Documento Nacional de Identidad (DNI). Tuvo que llegar hasta el Superior Tribunal de Justicia (STJ) provincial. Aun así, todavía existe una instancia en la que se puede impedir ejercer el derecho a la litigante, si es que la otra parte decide apelar a la Corte Suprema de Justicia (CSJN). María Victoria nació de sexo varón, pero en su vida decidió ser mujer, consigna El Diario. A los 29 años fue al Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas de Entre Ríos para cambiar de nombre y de identidad de género, pero el organismo estatal se negó a hacerlo, y envió una nota al Departamento de Inspección General para que se informe a la parte interesada respecto a la imposibilidad de rectificar administrativamente el acta de nacimiento. No hubo caso, en la denegatoria se invocó la Ley del Nombre Nº 18.248 en su artículo 15º en cuando dice que “después de asentados en la partida de nacimiento el nombre y el apellido, no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos”. La decisión de la joven de cambiar la identidad fue desde temprana edad. En los primeros años sintió su deseo a ataviarse y relacionarse conforme a lo que se entiende al sexo femenino. Ya en su adolescencia, despojada de cualquier hipocresía, comenzó a hacer consultas médico-psicológicas por sentirse disconforme con su identidad de origen. Fue también desde muy chica donde comenzó a interiorizarse acerca del “mapa hormonal” iniciando un tratamiento de sustitución de hormonas. La vida cotidiana fue cambiando con los años, hasta que un día llegó el momento de explicitarlo en la administración del Estado. Ese día fue el 22 de febrero pasado. La reclamante fue al Juzgado Penal de Menores, a cargo de Mario Gómez del Río, con una acción de amparo. El magistrado pidió el “informe circunstancial” de la ley de Nº 8.369 de Procedimientos Constitucionales, y tanto Fiscalía de Estado como el Registro Civil, se negaron a hacer lugar al planteo. No obstante, la Justicia terminó dando lugar al entender que la reasignación del nombre encuentra anclaje en una serie de derechos protegidos en la Constitución y, entre los más importantes, “el derecho a la identidad personal, la dignidad, la autodeterminación, la salud y a la no discriminación”. Así, el juez rechazó el planteo de extemporaneidad interpuesto por la Fiscalía de Estado. Sobre la inconstitucionalidad del artículo 15º de la norma mencionada, Gómez del Río prefirió evitar hacer un análisis de “orden jurídico”, ya que consideró que la resolución a la que apeló fue ni más ni menos que “un remedio de excepción”, según el expediente. El caso llegó al Superior Tribunal de Justicia. Allí el vocal Omar Carubia sostuvo en su fallo que, “en primer lugar, no se trata en la especie de un simple cambio de nombre, sino que el asunto implica la enorme carga emocional que significa la reconstrucción de la personalidad de la actoral a partir de una discordancia entre su identidad sexual anatómica y la identidad de género con la que se sienta identificada, la que no pierde modificar a voluntad”. Para el magistrado es el amparo el recurso excepcional para la ocasión, entendiendo que la tramitación de un juicio ordinario “importaría un marco de violencia en el que se ventilarían aspectos sensibles de su vida privada (…) en un proceso generalmente largo y penoso que irrumpiría sen su intimidad, avasallando derechos personalísimos”. La sentencia lleva la firma de sus pares de la Sala Penal y Procedimientos Constitucionales, Claudia Mizawak y Carlos Chiara Díaz. [b]Otro caso[/b] Santa Fe se convirtió en el primer distrito en que una persona logró cambiar de nombre y rectificar su documentación sin recurrir a la Justicia. La decisión administrativa puso a la vecina provincia a la vanguardia al resolver en poco menos de un año la autorización a usar un nombre femenino acorde a su identidad de género. El inédito dictamen de la Fiscalía del Estado santafesino a favor de esta persona, surgió a partir de un planteo ante la Secretaría de Derechos Humanos iniciado a fines del año pasado. El documento reconoce a la solicitante el derecho a la identidad y a la rectificación de la partida de nacimiento y del DNI. Fuente: El Once Digital.