Martes 29 de Julio de 2008, 11:05

Los Convencionales aprobaron reformas para el cuidado del ambiente

| El dictamen contempla la imposibilidad de privatizar la provisión de agua potable, el resguardo contra el latifundio y el desgaste del suelo y la creación de un organismo específico para la política ambiental, entre otros puntos.

Luego de analizar más de 60 proyectos presentados por convencionales y por la sociedad civil, las comisiones de Nuevos Derechos y Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable aprobaron el despacho sobre ambiente, que fue declarado patrimonio de los habitantes de la provincia. El dictamen contempla como puntos centrales la imposibilidad de privatizar la provisión de agua potable, el resguardo contra el latifundio y el desgaste del suelo, la creación de un organismo específico para la política ambiental y la reivindicación del derecho de Entre Ríos a reclamar a la Nación compensaciones por el uso y explotación de sus recursos naturales. Fue junto al despacho de equidad de género el tema que más reuniones insumió y más trabajo dio a los convencionales que integraban las comisiones, pero finalmente se logró un acuerdo mínimo al que algunas bancadas, como las del radicalismo y de la Coalición Cívica/Partido Socialista, realizarán observaciones menores. No estuvieron presentes esta noche en el cierre del proceso ninguno de los referentes de Viva Entre Ríos. Hubo, incluso, cambios introducidos a último momento en la redacción y el alcance del articulado que vino preparando desde hace más de treinta días, en base a las discusiones y aportes, el convencional Luis Márquez y sus colaboradores. Otros aportes quedaron pendientes para cuando sea tratado en el pleno, oportunidad en la que podría haber cambios en la redacción de algunos artículos. Algunos puntos sobresalientes del proyecto son la declaración del ambiente como “patrimonio común” de todos los habitantes, los que además tendrán la responsabilidad de “preservarlo, resguardarlo y mejorarlo”; la creación de un órgano que tendrá a su cargo “el diseño y aplicación de la política ambiental”; la reivindicación como dominio provincial de los recursos naturales y del derecho de Entre Ríos a reclamar “compensaciones al Estado nacional” por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales y la obligación para que tanto la Provincia como los municipios desalienten la especulación y la existencia de latifundios. [b]El apartado [/b] Los derechos y obligaciones que se consagran sobre ambiente quedarán compilados en un capítulo aparte, cuyo texto será el siguiente: "El ambiente es patrimonio común de todos los habitantes de la provincia, quienes gozan del derecho a vivir en un ambiente sano y equilibrado, apto para el desarrollo humano, donde las actividades humanas sean compatibles con el desarrollo sustentable, mejorando la calidad de vida y satisfaciendo las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras. Tienen asimismo el deber de preservarlo, resguardarlo y mejorarlo. El Estado Provincial fija la política ambiental y garantiza la aplicación de los principios de sustentabilidad, precaución, equidad intergeneracional, prevención, utilización racional, progresividad y responsabilidad, correspondiendo a los municipios dictar las normas pertinentes de acuerdo a sus competencias". Asegura la preservación, recuperación y mejoramiento de los ecosistemas y sus corredores biológicos, promoviendo su gestión racional y sustentable. Garantiza la conservación de la diversidad biológica y la utilización sustentable de sus componentes, promueve la creación de bancos, de titularidad estatal, de reservas genéticas de especies. Prohíbe la introducción de especies exóticas perjudiciales. En resguardo de la integridad ambiental promueve el consumo responsable, el uso de tecnologías y elementos no contaminantes y la utilización de las prácticas disponibles más avanzadas y seguras. Promueve una gestión integral y sustentable de los residuos orgánicos e inorgánicos, su eventual reutilización y reciclaje. Fomenta la incorporación de fuentes de energías renovables y limpias. Establece medidas preventivas y precautorias del daño ambiental. Un Órgano de Ambiente y Desarrollo Sustentable tendrá a su cargo el diseño y aplicación de la política ambiental. Son instrumentos de la política ambiental del Estado provincial: "el desarrollo de un plan de gestión estratégico ambiental; la evaluación ambiental estratégica; el estudio y evaluación de impacto ambiental y acumulativo; el ordenamiento ambiental territorial; los indicadores de sustentabilidad; el libre acceso a la información socioambiental; la participación ciudadana en los procesos de toma de decisiones que afecten derechos ambientales y la educación ambiental en todos los niveles y modalidades de enseñanza, atendiendo principalmente a las culturas locales". La ley determinará la creación de un fondo de recomposición ambiental, y estrategias de mitigación y adaptación vinculadas a las causas y efectos del cambio ambiental global. El poder de policía en materia ambiental será de competencia concurrente entre la provincia y los municipios. [b]Recursos Naturales [/b] Los recursos naturales existentes en el territorio provincial corresponden al dominio originario del estado entrerriano, que ejerce el control y potestad sobre los mismos a los fines de la preservación, conservación y defensa, pudiendo disponer de ellos mediante leyes que aseguren su uso racional y sustentable, y contemplen las necesidades locales. La Provincia reivindica su derecho a obtener compensaciones del Estado Nacional por los ingresos que éste obtenga, directa o indirectamente, por el uso y aprovechamiento de los recursos naturales provinciales de dominio originario. [b]Áreas protegidas [/b] El Estado Provincial propicia la creación de áreas protegidas mediante la sanción de normas especiales que así las declaren, sobre la base de estudios técnicos. Asimismo, reconoce el derecho de los propietarios de áreas protegidas a recibir las compensaciones económicas y exenciones impositivas que le correspondan de acuerdo a las condiciones que por ley se establezcan. [b]Agua[/b] El agua es un recurso natural, colectivo y esencial para la vida, la salud, y el desarrollo integral de las personas y la perdurabilidad de los ecosistemas. El acceso al agua saludable, potable y su saneamiento es un derecho humano fundamental e inalienable. El servicio público de suministro de agua potable no podrá ser privatizado, a excepción de las cooperativas y consorcios vecinales que son prestadores del servicio conjuntamente con el Estado Provincial; los municipal en forma individual o conjunta; los entes estatales autárquicos y descentralizados; las empresas y sociedades del estado; los que deberán dar participación necesaria en la gestión a los usuarios. Se garantiza a todos los habitantes la continua disponibilidad del recurso. La Provincia concertará con las restantes jurisdicciones el uso y aprovechamiento de las cuencas hídricas comunes. Tendrá a su cargo la gestión y uso sustentable de las mismas, y de los sistemas de humedales, declarándolos libres de construcción de obras de infraestructura a gran escala que puedan interrumpir o degradar la libertad de sus aguas y el desarrollo natural de sus ecosistemas asociados [b]Bosque Nativo[/b] El Estado Provincial tiene a su cargo la gestión sustentable de los bosques nativos y las selvas ribereñas del territorio provincial y garantiza su preservación, fomentando actividades que salvaguarden la estabilidad ecológica y preservación de las especies autóctonas. El propietario de bosques nativos tiene derecho a ser compensado por su preservación. [b]Suelo[/b] El suelo es un recurso natural y permanente de trabajo, producción y desarrollo. Debe ser objeto de un aprovechamiento racional para el adecuado cumplimiento de su función social, ambiental y económica. El Estado debe garantizar la preservación y recuperación del suelo, procurar evitar la pérdida de fertilidad, su degradación y erosión, y regular el empleo de las tecnologías de aplicación. [b]Política de tierra[/b] La Provincia promoverá la unidad económica productiva mediante leyes que contemplen el arraigo del productor entrerriano, el crecimiento y desarrollo progresivo de las actividades productivas locales y el estímulo de la tenencia de la tierra por los residentes de la provincia. Conforme a ello, la legislación provincial y municipal desalentará la especulación y la existencia de latifundios que atenten contra la productividad y el bienestar de los entrerrianos, mediante regímenes tributarios y alícuotas progresivas y otras políticas activas. Asimismo, se preservará el orden público provincial en relación con la adquisición de inmuebles rurales por personas físicas o jurídicas extranjeras no residentes en el territorio nacional. Fuente: El Once Digital.