Jueves 17 de Febrero de 2005, 22:30

Media sanción a la ley que regula las perforaciones termales

| La Cámara de Diputados de Entre Ríos dio media sanción este al Proyecto de Ley referido al Marco Regulatorio de los Recursos Termales y la Creación del Ente Regulador de los Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos.


El diputado provincial Julio César Aldaz (PJ-Uruguay) como miembro informante del bloque oficialista aseguró haber "trabajado mucho" para luego retirarse de la banca, al igual que el diputado José Allende (PJ-Nogoyá), ante el pedido del bloque de la UCR de un breve cuarto intermedio para analizar las últimas modificaciones al proyecto. Aldaz se habia negado al pedido, pero luego el presidente del bloque, Emilio Castrillón (La Paz), lo aceptó, lo que motivó la reacción del diputado del Departamento Uruguay. De regreso a sus lugares el Presidente de la Comisión de Tierras y Obras Públicas, Recursos Naturales y Medio Ambiente, Dr. Julio C. Aldaz, manifestó que los recursos termales constituyen un recurso natural "que forman parte del dominio público del Estado Provincial, cualquiera sea sus formas de manifestación", dijo. Para el legislador es "obligación del Estado satisfacer usos de interés general y garantizar la protección y continuidad de sus aptitudes" y para la exploración y explotación de dichos recursos "se deberá priorizar la preservación de la biodiversidad, la conservación de los ecosistemas y el medio ambiente", expreso. Con el proyecto que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados el Gobierno de Entre Ríos realizará el estudio, la planificación del uso, la regulación del aprovechamiento, ordenación, fomento y promoción de los Recursos Termales dentro del territorio de la Provincia, como la determinación del tratamiento de las aguas termales residuales de dicha explotación. Por otra parte se establece la creación el Ente Regulador de los Recursos Termales de la Provincia de Entre Ríos (E.R.R.T.E.R )que funcionará como entidad autárquica dentro del Ministerio de Gobierno, Justicia, Educación, Obras y Servicios Públicos, teniendo como domicilio la Ciudad de Concepción del Uruguay, y será el encargado de regular la actividad y controlar las concesiones de exploración otorgada y a otorgar por el Gobierno de Entre Ríos. Además tendrá como tarea coordinar, complementar e integrar sus actuaciones con las reparticiones del gobierno provincial(Subsecretaría de Turismo, Dirección de Hidráulica, Dirección General de Minería, Dirección General de Desarrollo, Ecología y Control Ambiental y la Secretaría de Salud o las áreas que en el futuro las suplanten). Con esta norma el Poder Ejecutivo Provincial autorizará una sola perforación para la extracción de aguas termales como máximo por ejido Municipal, a excepción de: 1- Cuando la segunda solicitud de exploración y explotación tenga la característica de complejo termal con servicio de hotelería y gastronomía categorizada como cuatro(4) y cinco(5) estrellas de acuerdo a la normativa vigente, diferenciándose respecto de la ya existente. 2- Para el caso que un pozo debidamente autorizado sufriera problemas o inconvenientes técnicos que no permitiera la continuidad de la explotación , el Ente Regulador de Recursos Termales de Entre Ríos, procederá a verificar tal situación, para analizar una nueva perforación, previo cegado del primero. El proyecto contó con la aprobación de la mayoría, 15 votos, contra 13 votos de la oposición, representada por legisladores provenientes del radicalismo y el Nuevo Espacio y ahora pasará al Senado para su estudio.