Domingo 14 de Enero de 2007, 12:03

Mizawak: Uruguay podría reclamar por perjuicios económic

| La fiscal de Estado de Entre Ríos, Claudia Mizawak, aseguró que si la medida cautelar en La Haya es contra la Argentina “los asambleístas deberían salir de la ruta”. Uruguay podría realizar una presentación por los perjuicios económicos en el Tribunal del Paraguay, que deberá pagar el Estado argentino si se pierde el caso, “y no se si no lo descontarían de la coparticipación provincial”, afirmó.

La fiscal explicó que “se dice que la semana próxima estará la medida cautelar, pero aún no está día y la hora de la lectura de la sentencia”, y prosiguió: “Se cree que el 15, cuando presentemos la memoria, Argentina será informada de cuándo se leerá la medida cautelar”. Para la funcionaria “todos los Tribunales nos reprocharán los cortes; además Uruguay, cuando cierre el período turístico, presentará en el Tribunal del Paraguay una causa por perjuicios económicos y todos los argentinos tendremos que pagar; no se si Estado nacional no lo debitará de la coparticipación provincial”. Además, según explicó “si Uruguay entiende que los cortes de ruta los perjudican en el turismo, traerán a la disputa otra cuestión y en ese entendimiento no se cómo lo interpretará la Corte. El Tribunal tiene una posición muy restrictiva a las medidas cautelares y podría entender que no es competente, que es lo que plantea Argentina”. No obstante aclaró que “también puede entender que si tiene jurisdicción sobre esto”. Si la medida cautelar presentada por Uruguay es aceptada “no es ejecutoria, como en el derecho interno donde se puede recurrir a una sentencia y luego se realiza por la fuerza; pero como la ejecutoriedad del derecho interno no existe en el derecho internacional, hay una cuestión más compleja que implica un reproche ante el Consejo de Seguridad de la organización de Naciones Unidas (ONU)”. La denuncia ante el Consejo de Seguridad de la ONU “incluso puede propiciar el apartamiento del Estado que no cumple, pero es algo muy extremo”, y prosiguió: “Habitualmente los Estados se avienen y ante una sentencia se acata, porque tiene peso moral”. Para Mizawak “sería raro que los asambleístas no lo vayan a acatar: a mi me frustraría porque se reirían de todo el trabajo que realizamos, incluso de los abogados que ellos propiciaron y de la solicitud que realizaron para que recurramos al Tribunal”. Asimismo indicó que “en esto debemos ser serios: si queremos que la Corte algún día diga que tiene razón Argentina y condene a Uruguay al cumplimiento del tratado, lo mismo sucederá con nuestro país si hacemos algo mal: uno no puede decir para esto sí quiero la corte y para esto otro no, se estarían riendo de todos nosotros, no solo de los Jueces”. [u]Causa principal[/u] Para Mizawak, la construcción de la memoria “posee dos ejes centrales: la interpretación que tiene las partes del Tratado del Río Uruguay, donde nosotros sostenemos que se violó y los daños que producirá al medio ambiente la empresa cuando comience a funcionar”. El 15 de enero es la fecha que se fijó para la presentación del memorial, “donde el tema central es la interpretación del Estatuto del Río Uruguay, en cuanto a si éste establece que para que Uruguay instale algún emprendimiento en el río debe contar o no con la autorización de la Argentina”. Argentina “interpreta que las normas contenidas en los artículos 7 a 12, está claramente establecido: hay un procedimiento donde cualquiera de los dos Estados que realice un emprendimiento y que afecte a la calidad de las aguas, el régimen del río, o el equilibrio ecológico, debe contar con la autorización del otro Estado”. Al ser Uruguay “quien inició una obra potencial que podría afectar al río, tuvo que contar con la autorización de Argentina y no iniciar las obras”. Para la Fiscal, “el Tratado se violó en cuatro oportunidades y desde Uruguay no dicen que ellos no violaron, sino que sostienen que nosotros le damos una interpretación diferente a las normas: Argumentan: ustedes (los argentinos), interpretan que esos artículos le dan derecho de veto y nosotros consideramos que no, sino que solo les permite acceder a la información”. [u]La definición de la Corte[/u] La Haya deberá definir “quién está interpretando bien el Tratado, porque así lo dice el artículo 12 del Estatuto”, dijo Mizawak, y afirmó que “si nosotros tenemos razón se deberá volver al momento inicial: el desmantelamiento de la empresa. Ellos (los uruguayos) no tienen la autorización de las obras, solo nos entregaron una carpeta incompleta con información y nos corrieron con el hecho consumado”. En relación al segundo punto de la memoria, que se refiere a la contaminación que producirá la empresa Mëtsa-Botnia, Mizawak indicó que “esto implica normas de fondo del Estatuto, ya que el espíritu lleva a preservar el agua, la calidad, el régimen del río y su equilibrio ecológico”. Para la fiscal “el verdadero sentido del Estatuto fue que ambos Estados se comprometieron a salvaguardar el recurso”, y prosiguió: “Uruguay no demostró que quiere salvaguardar el recurso, pero ellos alegan que nosotros no demostramos que contaminarán”. Además, dicen los uruguayos que “no tenemos una sola prueba que determine la contaminación en el grado que alegamos y hasta ahora es cierto que es así. Pero el tema es que la contaminación que se ejecutará es acumulativa, no es una que se podrá llegar a ver en uno o dos años”, concluyó. Fuente: AIM.