Viernes 9 de Febrero de 2007, 03:16

Ningún docente cobrará menos de $1.000

| La nueva propuesta salarial del Gobierno contempla, entre otros puntos, un incremento del salario mínimo de bolsillo de 850 a 1.000 pesos, el otorgamiento de una suma fija no remunerativa, por única vez de hasta 150 pesos, por agente y proporción de horas, la cancelación anticipada de lo adeudado a los jubilados en dos cuotas a abonar en febrero y abril.

La oferta salarial, que tendría vigencia desde el 1º de marzo, da cuenta asimismo de un aumento del 36% del valor del punto índice docente, para cargos directivos y horas cátedra, además de un incremento del código 006 para cargos y horas cátedra de hasta un 225%, y el aumento del 35% del importe del Código 052 jornada completa y se establece un Código 006 diferencial para los docentes con esta carga horaria. El primer mandatario, acompañado por el presidente del Consejo General de Educación (CGE), Jorge Kerz, y el ministro de Economía, Diego Valiero, hizo saber también que se propuso un incremento del 100% del tope de la asignación de compensación por traslado, que la asignación básica del maestro de grado se incrementa de 305 pesos a 416, y que se incorporarán a partir de julio el monto actualmente abonado por Código 017, al Sueldo Básico, convirtiéndose en remunerativo y bonificable. [b]1)[/b] Incremento del “salario mínimo de bolsillo” del maestro de grado de $ 850 a $ 1.000, Con ello “ningún maestro que recién se inicie cobrara menos de $ 1.000” [b]2)[/b] Incremento en un 36%, del “valor del punto índice docente”, por la incorporación al básico de los Códigos 022 y 038. Valor punto actual: 0,3141 - Valor punto nuevo: 0,4285. Por ello “la asignación básica del maestro de grado” se incrementa de $ 305 a $ 416. [b]3)[/b] Incremento en idéntico porcentaje (36%) del valor índice para los cargos directivos y horas cátedras. [b]4)[/b] Incremento del valor del Código 006, para cargos y horas de cátedra, de hasta un 225% según los niveles de antigüedad. [b]5)[/b] Incremento del 35% del importe del Código 052 jornada completa; y se establece un Código 006 diferencial para los docentes con esta carga horaria. Los incrementos, indicados en puntos anteriores, representaran para los distintos niveles del escalafón, lo siguiente: [b]a.[/b] Para “maestros de grado”, representara un incremento en el sueldo liquido de $ 150 a $ 244. [b]b.[/b] Para los docentes con jornada completa el incremento del sueldo liquido será de $ 150 a $ 397. [b]c.[/b] En el caso de los “cargos directivos”, la mejora será. Cargo Antig.100% Antig.120% Incremento liquido. Nuevo Liquido. Incremento liquido. Nuevo Liquido Secretario 1ra. 277,00 1.597,00 337,00 1.751,00 Director 1ra. 257,00 1.870,00 320,00 2.057,00 Supervisor 382,00 1.730,00 421,00 2.944,00 [b]d.[/b] En las “horas cátedras de nivel medio” cada 30 horas, se incrementa de $ 168 a $ 268. [b]e.[/b] Para “horas cátedra de nivel superior” dicho aumento va de $ 212 a $ 394. [b]6)[/b] Incremento del 100% del tope de la asignación “compensación por traslado” -código 029-.es decir se incrementa el tope de $ 80 a $ 160. [b]7)[/b] Las Mejoras contenidas en los puntos 1 a 6, tendrán vigencia a partir del 01 de marzo de 2007. Los incrementos de los puntos 2, 3 ,4 y 5, son remunerativos, con el consiguiente efecto sobre haberes de Jubilados. [b]8)[/b] Incorporación a partir del mes de Julio 2007 del monto actualmente abonado por Código 017, al Sueldo Básico, convirtiéndose en remunerativo y bonificable. Esto produce: [b]a.[/b] el incremento del valor del Punto de $ 0,4285 a $ 0,4543. [b]b.[/b] el sueldo básico del maestro pasa de $ 416,07 a $ 441.13. Con ello el incremento del básico en el año seria de 44.65% (304,99 vs. 441,13) [b]c.[/b] Para los cargos de mas de 971 punto y horas cátedra representara un incremento proporcional a los puntos del escalafón y produce una elongación. [b]d.[/b] Tiene incidencia en haberes de jubilados. [b]9)[/b] Otorgamiento de una Suma Fija No Remunerativa, por única vez de hasta $ 150,= por agente y proporción de horas. [b]10)[/b] Cancelación anticipada de lo adeudado a “Jubilados docentes”, en dos (2) cuotas a abonar en los meses de febrero y abril. [b]11)[/b] Además, cabe agregar la mejora en Asignaciones Familiares, otorgadas a partir del mes de enero 2007.