Jueves 26 de Octubre de 2006, 10:31

No existiría obligación jurídica de responderle a

| La Oficina Anticorrupción y Ética Pública determinó que la falta de respuesta del gobierno provincial respecto al pedido del periodista Oscar Londero, tendiente a conocer notas que enviara Busti solicitando que se difundiera la lista de agentes la SIDE, “no viola el derecho constitucional de acceso a la información pública”. El organismo provincial entiende que “no se incumplió con el Decreto N°1169/05 GOB, porque no existe obligación jurídica de responder”, ya que el alcance de esa norma “es controlar los actos de gestión pero no los actos discrecionales”, se argumentó.

El corresponsal del diario Clarín en la provincia, Oscar Londero, presentó la semana pasada una denuncia ante la Oficina de Anticorrupción por considerar que no se le respondió en tiempo y forma un pedido de copias de las notas que enviara el gobernador solicitando se difundiera la lista de agentes que prestaron servicios en la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) durante la última dictadura militar. En primera instancia, el gobernador Jorge Busti declaró días después que la denuncia había sido efectuada antes de la expiración del plazo legal estipulado en la ley para contestar el pedido realizado, argumentando que “me allanaré a lo que determine la misma”. En tanto, el dictamen de la Oficina de Anticorrupción que ahora se da a conocer insiste en esta linea, pero además expresa que “la información solicitada no constituye acto de gestión administrativa, por lo queda fuera de la órbita del Decreto N° 1169/05 GOB (de derecho a al información pública)”. “El Decreto N° 1169/0S GOB -argumentan desde el organismo provincial- es una herramienta para posibilitar el juicio de ciudadanía analizando la acción del Estado con información relativa a la gestión pública, a efectos de analizar críticamente el grado de transparencia de un Gobierno en base a documentos elaborados por la propia administración”.