Martes 5 de Junio de 2007, 10:41

Nuevo pedido de juicio político contra Castrillón

| Más de 25 abogados, entre ellos Rubén Pagliotto, José Iparraguirre, Jaime Martínez Garbino, Raúl Avero, Leandro Dato y Ema Barbagna; la diputada provincial Beatriz Montaldo (CE-Paraná) y el concejal electo Emanuel Martínez Garbino (CE-Paraná) presentaron este lunes al mediodía un nuevo pedido de juicio político contra el vocal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) Emilio Castrillón, por su intervención el 18 de marzo en el programa de una FM de La Paz.

El texto cuestiona la actuación del vocal como conductor, musicalizador y editorialista, y plantea que el hecho cuestionado señala "una clara connotación y dependencia política partidaria que lo hace ingresar en las causales de remoción", entre otras cosas. Esta solicitud que interpusieron por mesa de entradas de la Cámara de Diputados contiene además "nuevas causales" que se agregan a las que fundamentan la primera solicitud que fuera elevada por el senador provincial Julio Majul (PI-Gualeguaychú), que será analizada en la Comisión de Asuntos Constitucionales y Juicio Político de la Cámara Baja, según se informó la semana pasada. Otro aspecto sobre el que avanza el pedido de juicio político es el deseo de Castrillón de ser convencional constituyente y el hecho de que admita que "aún no lo ha conversado con el gobernador", tal como lo declarara luego que Diputados dio media sanción al proyecto de ley que declara la necesidad de la reforma de la Constitución provincial, informó el sitio digital Recinto net. Para los abogados "estas públicas manifestaciones significan reconocer una pertenencia "actual" al Partido Justicialista y una "fuerte vinculación" o "dependencia" del Poder Ejecutivo, con el que tiene que hablar sobre su eventual candidatura a Convencional Constituyente. El pedido de juicio político presentado hoy se encuadra a su vez en diversos hechos y menciona como tales "el inmiscuirse en actividades políticas", recuerda que el vocal "participó el 18 de marzo de 2007 en un programa radial emitido por FM Vida (MHZ 94.7) de la ciudad de La Paz, de esta provincia", y advierte que "su sola presencia en la emisora en la oportunidad descripta, es incompatible con su magisterio. Absolutamente nada lo justificaba ni excusaba, atento a la índole y naturaleza del programa radial (con tratamiento de temas políticos- electorales)". Según los impulsores "esta inclinación partidaria se manifestó concretamente en: a) celebrar con énfasis los cómputos favorables al oficialismo; b) proferir expresiones jocosas o irónicas hacia quienes resultaban perdidosos; c) adicionar a sus juicios u opiniones la emisión de temas musicales cuyo título o letra acentuaba el sarcasmo". Tras enumerar una serie de episodios ocurridos en ese contexto, también recuerdan: "A sólo título de ejemplo mencionamos que tuvo una comunicación telefónica con el intendente de Santa Elena, Domingo Daniel Rossi, a su vez candidato a la reelección, que se perfilaba vencedor". Y luego de detallar los medios en los que luego Castrillón admitió su participación en una radio, argumentan que con ello admitió: “1) que el día del comicio estuvo en la radio ("Yo lo que no puedo negar es que yo estaba en la radio"); 2) que leyó al aire los cómputos de esos comicios ("Y ahí colaboraba con ...la escritura en cuanto a las mesas que se iban dando en el escrutinio, iban pasando en cada uno de los lugares,.."; 3) Que habló con el intendente y candidato Rossi; éste salió al aire en su presencia, alegando que ("Rossi dio un saludo pero ni siquiera habló de política"; "El intendente Rossi habló a la radio y... el intendente Rossi expresó...Lo deben tener...lo han escuchado los dueños de la otra emisora, los empleados...Lo deben tener lo que ha dicho Rossi y lo que no ha dicho Rossi. No se refirió para nada violando la veda") . 4) Cuando el periodista Tardelli le señala: "Le estoy preguntando si habló con Rossi al aire o no. Nada mas", Castrillón responde: "Únicamente cuando escucho la voz de Rossi, le doy el pase a Rossi, hace un comentario...¿Qué tiene que ver cuando en definitiva no estaba dentro del ámbito de la Justicia la posibilidad de que yo quisiera o no entrevistar al candidato a intendente de San Elena”; "¿Me puede decir que incidencia puede tener un vocal del Superior Tribunal de Justicia de la Sala Civil ante un condenado cuyo trámite terminó de hacer en la provincia de Entre Ríos?". Y acotan ante esto, que “en esa fecha estaba pendiente el pronunciamiento de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia sobre la concesión del recurso extraordinario interpuesto por su defensa, que buscaba conmover la sentencia condenatoria a Rossi por el delito de enriquecimiento ilícito”. En otro párrafo y acerca del encuadre constitucional de los sucesos, dicen que "los hechos expuestos importan una clara, contundente y aleve infracción al artículo 157º de la Constitución Entrerriana que imperativamente establece: los funcionarios judiciales...no podrán formar parte de corporación o centro político, inmiscuirse, en grado o en forma alguna, en actividades políticas,.... La violación de estas normas implicará una falta grave a los efectos de su enjuiciamiento en la forma prevista en esta Constitución". Y agregan que “como puede verse, la Constitución provincial ha erigido a la intromisión en la actividad política en una causal expresamente tipificada de remoción de los jueces e integrantes del STJ. No se requiere en tal supuesto remitirnos al estándar general de la buena conducta a que refiere el artículo 150 de la carta magna local -o de su contracara el mal desempeño- sino que el órgano de enjuiciamiento tiene predeterminado un hecho que, en si mismo, es reputado una “falta grave” a los fines de juzgar la conducta del magistrado involucrado. Además, los abogados explican que “no se comprende la invocación de Castrillón a la inexistencia de un quebrantamiento a la veda política (sic), que es una mera cuestión operativa o procesal del comicio. Lo que quebrantó groseramente Castrillón es la sabia disposición constitucional que le tiene vedado a él intervenir o inmiscuirse en política partidista. Evidentemente mezcló política con justicia, rompiendo así la independencia del Poder Judicial, nota fundamental y fundacional del carácter republicano de gobierno”. “Esa independencia no sólo se nutre de las bondades de los actos sentenciales, sino también de la conducta intachable que en todo momento deben observar magistrados y funcionarios judiciales”, acotan. Y dicen que "la actividad política no puede ser ni siquiera rozada.- Así lo requiere el pleno y libre desempeño de la actividad jurisdiccional republicana. Y esa es la exigencia requerida por el pueblo que quiere ver en los integrantes del Poder Judicial personas que aventen toda sospecha de vinculación política partidaria”. “Mayor aún es la responsabilidad del señor Castrillón, quien en esta oportunidad, se desempeñaba como representante del Superior Tribunal de Justicia integrando el tribunal electoral (artículo 47º inciso14º de la Constitución Provincial)”, precisan. “Este cuerpo, tiene como competencia asignada el contralor de la normalidad y legalidad de los actos electorales. Tal calidad, exige, más aún, si cabe, la absoluta prescindencia que impide la más mínima insinuación de simpatía política partidaria”, añaden. “La conducta descripta que atribuimos a Castrillón en su carácter de integrante del Superior Tribunal de Justicia de la provincia, incurre en la grave causal constitucional del artículo157º que habilita su acusación y posterior destitución en juicio político que a través de este memorial promovemos”, continúan. Finalmente, entre otros conceptos de la extensa presentación, señalan que “este escrito importa una adhesión formal y plena a la solicitud efectuada por senador provincial Julio Jesús Majul”, que está pendiente de tratamiento en la Cámara de Diputados, registradas esas actuaciones bajo el expediente Nº 16.134. “El presente, ratifica y corrobora con pruebas indubitables los hechos denunciados en la promoción primigenia. Asimismo, con esta presentación incorporamos nuevos elementos de hecho y de derecho, que vienen a completar el cuadro fáctico tipificante del grave desorden de conducta desplegado por el doctor, Emilio Eduardo Aroldo Castrillón”, subrayan. Y concluyen: “Ante tal circunstancia, razones de celeridad y economía de procedimiento imponen, dada su conexidad, se anexe este escrito al expediente mencionado para su tratamiento conjunto”. Este nuevo pedido de juicio político al vocal lleva la firma de los abogados Juan Antonio Llorens; María Ema Bargagna; Santiago Reggiardo; Raúl Avero; Leandro Dato; Guillermo Mulet; Senen Mario Gutiérrez; Guillermo Vartorelli; Mirko Otalora; Juan Alberto Aceval; Juan Martín Pagola; José Iparraguirre; Martín Pita; Enrique Máximo Pita, ex camarista en lo Civil y Comercial de Paraná; Rubén Pagliotto; Emanuel Martínez Garbino; Jaime Martínez Garbino; Francisco Alberto Haimovich; Marta Brodosky de Petric, ex fiscal General del STJ; Jorge Ricardo Petric; Carlos Enrique Jozami; Jorge Mumare; Amado Siede; Jorge Leitner e Ivan Vernengo, entre otros. Fuente: Análisis Digital.