Viernes 29 de Diciembre de 2006, 12:45

Prorrogan hasta febrero la moratoria en Rentas

| La Dirección General de Rentas (DGR) de Entre Ríos decidió prorrogar la moratoria impositiva que se había iniciado el 6 de noviembre con fecha de vencimiento el 31 del actual. Hasta ahora se presentaron unos 18 mil contribuyentes que regularizaron deudas por 3,4 millones.

La ampliación del plazo para regularizar los tributos se decidió ante la “voluminosa” demanda y se extenderá, por 30 días, a partir del 22 de enero de 2007. Antes, entre el 31 de diciembre y el 19 de enero, regirá el receso administrativo en el Estado. La resolución número 444, firmada ayer por el titular de la DGR, Aurelio Miraglio, dispuso prorrogar a partir del 22 de enero de 2007 “y por el término de 30 días corridos el Régimen de Regularización Tributaria dispuesto en el artículo 1º del decreto Nº 6.480”, de octubre último, firmado por el gobernador Jorge Busti. El artículo 2º de esa norma ya previó la posibilidad de prorrogar la moratoria por 30 días “cuando por razones operativas y justificadas así lo ameriten”. El denominado Régimen de Regularización Tributaria dispuesto por Rentas entre noviembre y diciembre consistió en una condonación de intereses y multas, ya sea mediante un solo pago o a través de planes de financiación especialmente previstos. En su artículo 3º, el decreto 6.480/06 estableció que los beneficios impositivos de la moratoria “sólo alcanzarán a las deudas tributarias vencidas al 30 de septiembre de 2006, independientemente de que las mismas se encuentren intimadas, en proceso de determinación, incluidas en otros planes de pago, en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo, o sometidas a juicios de apremio fiscal”. Además, previó conceder a los contribuyentes que opten por cancelar su deuda en un solo pago una quita del 70 % de las multas y de los intereses resarcitorios devengados hasta la fecha del efectivo pago. En cambio, quienes elijan un plan de financiación en 3 cuotas, la condonación será del 60 %. En tanto, agrega el decreto de la moratoria, los que se acojan a un plan de 6 cuotas, la condonación será del 50 %; y para que aquellos que opten por el de 12 cuotas, la merma será del 30 %. A las dos primeras opciones, señala la norma “no se aplicarán intereses de financiación, en cuanto a la última opción se aplicará un interés de financiación del 1% mensual”. Pero el perdón no incluye los honorarios de los abogados que tengan a su cargo los juicios de apremio. El artículo 6º dice que en los casos “que se encuentren sometidos a juicio de ejecución fiscal o cuando la deuda se encuentre en procedimiento administrativo tributario o contencioso administrativo”, la condonación implicará siempre el allanamiento y renuncia a toda acción, aunque sí “el compromiso de asumir el pago de todas las costas y gastos causídicos”.