Jueves 15 de Diciembre de 2005, 10:11

QUEDA FIRME EL FALLO POR EL AMPARO DE LONDERO

| El Gobierno retiró la apelación que había presentado contra el fallo de la Sala II Civil y Comercial que declaró abstracta la cuestión de fondo respecto al recurso de amparo interpuesto por un periodista, luego de que se le negara información respecto a los montos que se otorga en concepto de publicidad oficial.

Así lo informó el abogado Nelson Schlotahuer, quien resaltó que de esta manera el dictamen “queda en firme” lo cual implica que “se considera al amparo como un mecanismo procesal judicial idóneo” en este tipo de reclamos · “Esta es la primera vez que se acepta que el acceso a la información pública es un derecho constitucional”, destacó. “Me han notificado hoy al mediodía que el Gobierno, a través de la Fiscalía de Estad, desistió del recurso de apelación que había presentado contra la sentencia dictada por la Sala II de la Cámara Civil y Comercial, que declaraba a la cuestión abstracta”, explicó el letrado. Asimismo, consideró que “lo más importante de esa sentencia es el precedente que deja en el sentido de considerar al amparo como la vía idónea ante la denegatoria de información, incluso en el marco del decreto 1169 (de Información Pública)”. En ese sentido, expresó que de esta manera “el fallo judicial queda en firme”, lo cual implica que “se considera al amparo como un mecanismo procesal judicial apto y válido en los reclamos cuando se le niega a cualquier ciudadano en acceso a la información pública en el ámbito de la provincia y del decreto 1169”. “También considera que cuando es remisa la actitud del Gobierno en cuanto a entregar información, corresponde que se impongan las costas, incluso aunque haya entregado la información, porque lo hizo recién luego de que se presentara el amparo”, señaló además. En tanto, sostuvo que “el tercer punto es me parece que esta es la primera vez que se acepta que el acceso a la información pública es un derecho constitucional. Esto es relevante porque que lo diga un órgano judicial tiene mucha trascendencia”. Dijo también que de esta forma concluye el trámite judicial iniciado por Londero, luego de que el Gobierno le negara acceder a información sobre la distribución de la publicidad oficial a medios periodísticos. En ese orden, Schlotahuer aseguró que “el paso siguiente será ver el expediente, ya que hasta el momento no hemos podido verlo”. “Vamos a proceder al estudio de toda la documentación con la que el Gobierno ha acompañado en ese expediente y cotejaremos si la información se adecua a la realidad”, aseveró. Por último el abogado dijo sentir “una gran satisfacción” y resaltó que “ha sido una novedad en la provincia, porque realmente esto no tiene antecedentes”. Cabe recordar que el 4 de julio pasado el periodista Oscar Londero solicitó información sobre los montos de publicidad oficial que el gobierno entrerriano invirtió o ejecutó desde el día 1º de enero de 2005 al día 4º de julio de 2005 discriminados por mes, medios (gráficos, radiales, televisivos y digitales) y agencias. Lo hizo mediante una nota dirigida al director General de Información Pública de la Provincia de Entre Ríos, Víctor Prigioni. El 25 de ese mes, Prigioni rechazó la solicitud asegurando que “la repartición tiene para gastar la suma de 923.000 pesos (provisoriamente) y ha ejecutado (antes de las elecciones del 23/10/2005) la suma de 444.336,10 pesos”, además que “la información solicitada estaría en manos del Tribunal de Cuentas y en la Contaduría General de la Provincia”. Asimismo, Prigioni aseguró que “no posee datos sobre montos de inversión publicitaria de los ‘otros organismos del Estado’”. Seguidamente, en la nota, Prigioni dispuso “declarar de carácter reservado la información acerca de la distribución de publicidad oficial en medios gráficos, televisivos, radiales, digitales y agencias, por formar parte de la estrategia comunicacional del gobierno provincial y con el propósito de mantener la armonía y cordialidad entre esta Dirección y los medios de comunicación y de estos entre sí”. Después de la negativa, Londero acudió a la Oficina Anticorrupción, que en la persona de su titular, Luis Pedemonte, emitió un dictamen por el que recomienda a la DGIP “que a partir de la entrada en vigencia del decreto 1169/05 -que disponía la creación de un reglamento para el acceso a la información pública- las resoluciones que invoquen secreto o reserva de actos o documentos de la administración pública, deberán ser reexaminadas y en su caso, adecuados al principio de información pública”, recordándose que “en ese sentido el art. 8 del Dec. 1169/05 GOB establece cómo regla la publicidad de toda la información producida u obtenida por los sujetos obligados por el decreto”. En tanto, la Oficina entendió que “secreto de la información es la excepción” pudiendo ser declarada reservada o secreta por ley o resolución administrativa fundada en razones de seguridad o salubridad pública, mientras duren éstas razones. Con el dictamen en mano, Londero se acercó nuevamente a la DGIP, pero se le denegó nuevamente la información por lo que decidió, patrocinado por el abogado Nelson Schlotahuer, presentar un recurso de amparo. Fuente: APF.