Martes 22 de Febrero de 2011, 10:19

"Busti siempre impulsó la transparencia", afirm&oacut

| “Asistimos a un escenario en el cual el gobierno escribe su Diario de Irigoyen y elige tergiversar la realidad a su antojo”, dijo el Diputado Horacio Fabián Flores y en alusión a la elección del Defensor del Pueblo aseveró que “(Jorge Pedro) Busti fue el propulsor constitucional de la creación de este rol preponderante, que otros se han encargado de utilizarlo para beneficios personales”.

El Presidente del Bloque del Peronismo Federal en Diputados, Horacio Fabián Flores, desmintió que las dilaciones a la que se ha visto sometido la designación del Defensor del Pueblo se deba a las diferencias políticas que existen en el seno del peronismo provincial. Así, el Diputado aseveró que “según el artículo 6º de la ley 9931 en su último párrafo se especifica que la Comisión Bicameral deberá emitir un dictamen fundado proponiendo el candidato, cuestión que nunca sucedió”. “Con el voto de 9 integrantes la Comisión Bicameral propuso candidato a Defensor del Pueblo y Defensores Adjuntos sin brindar los fundamentos que sustentaban las propuestas”, afirmó Flores agregando que esto hizo que “reunida el 6 de octubre de 2010 la Cámara de Diputados, en cumplimiento del artículo 7º de la ley para tratar en sesión especial el dictamen, los propuestos no obtuvieran resolución favorable de la mayoría especial requerida, volviendo las actuaciones a la Comisión Bicameral tal como lo exige dicho art. 7º”. “Busti fue quien con total vocación de servicio promovió la creación del Defensor del Pueblo priorizando el consenso entre toda la sociedad para la elección de la persona que ocupara el cargo”, dijo Flores y agregó que la Comisión Bicameral presidida por Raúl Taleb y José Allende “no fundaron el dictamen proponiendo los candidatos y esto llevó a que la Cámara de Diputados, con buen tino, la rechazara por incumplir con la norma constitucional”. De esta manera, el diputado fundamentó que desde el Peronismo Federal “no hemos hecho más que cumplir con la Constitución y sus leyes, en este proceso de designación del Defensor del Pueblo no creemos que hubiesen intercedido las diferencias políticas que tenemos con el gobierno. Lo que sí exigimos es que la proporción de los candidatos se respeten los consensos básicos que el artículo 216º de la Constitución exige cuando requiere dos tercios en ambas cámaras para la designación”. “Lo que desde la Cámara de Diputados criticamos es el procedimiento que no cumplió preceptos constitucionales de la ley”, aclaró y argumentó que como legisladores “no podemos acompañar este tipo de acuerdos por resultar inconstitucional”.