Lunes 21 de Diciembre de 2009, 10:55

"Un juez suplente no es un juez libre", dijo Urribarri

| “Las personas que van a decidir sobre la vida, la libertad y los bienes de los ciudadanos deben sentirse totalmente libres y estar debidamente amparados por la Constitución”, dijo este domingo el Gobernador Sergio Urribarri al ser consultado sobre los decretos de designación de jueces conocidos la semana pasada.

Dijo que a su juicio “la existencia de jueces que no son jueces naturales y regulares es una excepción dentro del sistema. Ahora, cuando esa excepción alcanza a numerosos jueces y se extiende en el tiempo eso pasa a ser una aberración para la democracia y para la república”. Señaló también que “hemos tenido la voluntad política de solucionar esto, designando a los jueces y funcionarios judiciales sugeridos por el Consejo de la Magistratura, aún cuando éste, en muchos casos, no ha elevado ternas para que el Poder Ejecutivo designe a los magistrados pidiendo su acuerdo del Senado, sino que a sugerido a una sola persona, lo que en realidad afecta la facultad constitucional del gobernador de elegir y designar a los jueces. Ante ello, nosotros podríamos haber pedido la realización de nuevos concursos pero no lo hicimos, porque pensamos que esta situación anómala de decenas de jueces fuera de la Constitución no podía prolongarse”. En lo que va de esta gestión, y considerando que el Consejo de la Magistratura comenzó a funcionar a pleno en mayo de 2008, se ha encarado el proceso de 32 concursos que se venían desarrollando, más 40 que iniciaron su tramitación para cubrir 82 cargos. Hay ya 18 decretos de designación. A esto debemos sumar que se tramitan en el senado 10 pliegos y están a consideración del Poder Ejecutivo 15 cargos. “Se han finalizado las entrevistas de seis concursos que abarcan 10 cargos, tenemos en etapa de calificación de antecedentes seis concursos para siete cargos y este 18 de diciembre cerró la inscripción para 18 cargos a cubrir, con lo que a la fecha entre finalizados y tramitados completamos 82 cargos. Este proceso, previsto en la Constitución Provincial, procura las condiciones objetivas para que haya ecuanimidad en la designación y capacidad y probidad en el designado, con el consiguiente fortalecimiento de la institución judicial dentro de la sociedad democrática”.