Viernes 14 de Marzo de 2008, 08:37

Se aprobaron ayer los primeros cambios a la Constitución

| Reconoció la igualdad de género. Trataba anoche el Consejo Asesor Consultivo y el Defensor del Pueblo.

La eliminación de la facultad de arresto que tenían las Cámaras Legislativas a través del artículo 80 fue la primera modificación a la Constitución entrerriana sancionada ayer por la Convención Constituyente. Fue por unanimidad, a las 18.30, cuando se trató el Expediente Nº 161. La Comisión de Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y Régimen Electoral propuso una modificación que establece que si en caso de ocurrir hechos violentos en la Legislatura, sus autoridades deberán recurrir a la Justicia Penal. Ayer, la tercera sesión plenaria, fue pródiga en reformas. Antes del tratamiento de los 11 dictámenes de comisión, tuvieron ingreso otros 128 proyectos de reforma que ayer tomaron estado parlamentario. Antes del tratamiento de los temas del día se registró un nuevo debate, originado en las críticas del convencional de Recrear, Martín Acevedo Miño, hacia una cláusula de confidencialidad que protege los detalles de los contratos de los asesores de algunos convencionales. Varios miembros de la Convención se sintieron ofendidos por Acevedo Miño, quien hizo públicas sus disculpas. Como resultado del debate quedó a la vista la situación de que el único convencional que tiene un monto superior a los 10.000 pesos para contratos es justamente Acevedo Miño, ya que se le otorgó un “monto extra” en consideración a que integra un bloque, según reveló el justicialista Miguel Carlín. También se aprobó por amplía mayoría -excepto el alasinismo- la supresión del inciso 5º del artículo 92 de la Constitución vigente, donde dice que la Asamblea Legislativa deberá “Elegir senadores nacionales y considerar la renuncia de los electos”, ya que a partir de la reforma nacional de 1994 los senadores son designados en una elección directa junto con la del Presidente de la Nación. Similar trámite tuvo la aprobación de la extensión de las sesiones ordinarias de la Legislatura, que serán ahora desde el 15 de febrero hasta el 15 de diciembre. Si bien hubo una propuesta para que se inicien el 1º de febrero, el oficialismo consideró que podría resultarle una complicación al Poder Ejecutivo que, al momento de la apertura de sesiones, debe producir un amplio informe de lo actuado y un detalle de los proyectos a los que pedirá aprobación. La complicación se entiende cuando se considera que durante enero la administración suele estar de receso. [b]Los departamentos[/b] La Convención aprobó ayer también dejar casi intacta la redacción del artículo 2 de la actual carta magna, que es donde se enumeran los departamentos y se otorga a la Legislatura la facultad de crear y modificar las jurisdicciones territorial y administrativa. Aquí lo central era la discusión sobre la facultad de crear más departamentos, que en la redacción quedó vigente. Desde el socialismo se mocionó, en el plenario, establecer un número “clausus” de departamentos, es decir fijar la cantidad en 17 de manera de “asegurar para siempre la incolumidad histórica de nuestra historia departamental”, indicó el presidente del bloque Santiago Reggiardo. Otros sectores proponían, por ejemplo, que sólo se pudieran crear departamentos si reunían más de 75.000 habitantes y en el Senado la norma de creación fuera votada favorablemente por los departamentos a desmembrar. Pero finalmente la norma quedó casi igual, ya que sólo se agregó a la enumeración las tres jurisdicciones nuevas (Federal, Islas del Ibicuy y San Salvador) con el apoyo de la amplía mayoría del cuerpo. [b]Equidad de género[/b] Por unanimidad La Convención aprobó ayer el proyecto que consagra “los principios de equidad de género y no discriminación, así como las consecuentes obligaciones del Estado”, en lo que fue considerado uno de los puntos más salientes de la sesión de ayer y tras un prolongado “debate” donde cada uno de los expositores abonó la inclusión de esa cláusula tras la primera intervención de la justicialista Zulema Schonfeld, dando cuenta del tratamiento que los proyectos unificados habían tenido en la Comisión de Peticiones, Reglamento y Presupuesto. Poco después, en un rápido trámite, se aprobó la eliminación del artículo 11, que señalaba que la Legislatura “dictará la ley especial sobre los delitos de Imprenta, estableciendo las penas, procedimientos ante el jurado o la Justicia ordinaria...”. El presidente de la Comisión de Nuevos Derechos y Garantías, Raúl Barrandeguy, explicó que se trataba de “una buena noticia para la prensa entrerriana” a la que además definió como “un argumento distinto de los que por allí ocupan su atención y hoy nos avergüenzan”, en relación a la polémica por las dietas y los montos de los contratos. Básicamente Barrandeguy explicó que se trata de “una disfunción constitucional que nuestra Constitución arrastra” de la redacción de la Constitución nacional de 1853. La eliminación fue aprobada por unanimidad a las 20.35. Acto seguido se trató el dictamen que proponía la supresión del artículo 13, que señalaba que todo ciudadano domiciliado en la provincia “tiene obligación de armarse a requisición de las autoridades constituidas...”. En este sentido el presidente del bloque radical, Fabián Rogel, sostuvo que se trató de un artículo incluido en la redacción de 1933 “por el respeto histórico más que por su aplicabilidad” pero que hoy carece “de absoluta viabilidad jurídica y práctica”. En el mismo sentido, Barrandeguy diferenció esta situación “del derecho de resistencia a la opresión y de la defensa de la democracia cuando es jaqueada o está en peligro”. Indicó que la conjugación de ese artículo con el 81, permitiría a un gobernador requerir a los ciudadanos que se armen “no en defensa de la democracia o contra la opresión, sino en defensa de lo que el gobernador considere” que haya que hacer. El bloque Viva Entre Ríos se mostró a favor de mantener el artículo y por eso requirió que la cuestión volviera a comisión, lo que fue desestimado por el pleno del cuerpo. [b]Consejo Consultivo y Defensor del Pueblo[/b] La creación del Consejo Asesor Económico y Social fue uno de los puntos más salientes de la sesión de ayer, que era tratado al cierre de la edición. Se trata de un organismo de consulta de los poderes públicos en la elaboración de políticas sociales, económicas, ambientales, educativas, científicas y tecnológicas. Su función será la de dictaminar y producir informes no vinculantes. Ese consejo estará integrado por “representantes de la producción, la economía, el trabajo, la universidad, los profesionales, la ciencia y la tecnología, con competencia en materia de políticas sociales, económicas, ambientales, educativas, científicas y tecnológicas”. También se determinó que los cargos “serán ad honorem, permaneciendo sus miembros por representación de las respectivas entidades que los eligieron”. Igualmente se aprobó una cláusula transitoria que habilita al Poder Ejecutivo a implementarlo por decreto hasta tanto la Legislatura lo reglamente por ley. Según explicó el presidente de la Comisión de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, Luis Márquez, el dictamen surgió de varios proyectos. Incluso al exponerlo citó párrafos y aportes de los proyectos de cada bloque. Igualmente una de las exposiciones más abundantes en antecedentes y argumentos a favor fue la realizada por el convencional radical Luis Brasesco, quien no sólo realizó un repaso por la historia de este tipo de organismos, sino que además incluyó el relato de conversaciones que -sobre ese tema- mantuvo el veterano dirigente con Juan Domingo Perón o Estevez Boero. Sin embargo, Brasesco se mostró receloso de la forma en la cual la Legislatura finalmente lo reglamentará, reconociendo que él hubiera preferido una redacción más específica en el mismo texto constitucional, lo que fue rechazado por el oficialismo en pos de no conformar “una Constitución tan reglamentarista”. [b]Defensor del Pueblo[/b] El otro tema trascendente, cuya aprobación se daba por descontada, era la introducción de la figura del Defensor del Pueblo en la Constitución provincial. El dictamen elaborado por la Comisión de Control del Estado, luego de arduos debates, se resumía a tres artículos. El primero señalaba que la Defensoría del Pueblo “es un órgano unipersonal e independiente, con autonomía funcional que no recibe instrucciones de ninguna autoridad. Tiene por misión la defensa, protección y promoción de los derechos humanos, colectivos, difusos y demás derechos y garantías e intereses tutelados en el ordenamiento jurídico, frente a hechos, actos u omisiones de la Administración Pública, de prestadores de servicios públicos o privados contratados por el Estado”. Había anoche algunas discrepancias respecto del segundo artículo, donde se le concede además de legitimación procesal activa, “prelación en sus presentaciones”, además de poder “solicitar informes y formular requerimientos a las autoridades públicas y a los prestadores de servicios para el mejor ejercicio de sus funciones”. El Defensor del Pueblo será designado por la Asamblea General (Legislativa) con el voto de la mayoría absoluta en sesión especial convocada al efecto. Deberá tener como mínimo 30 años de edad y las demás condiciones para ser diputado provincial. Gozará de iguales inmunidades, remuneración y prerrogativas que los diputados y le alcanzarán las inhabilidades, incompatibilidades y causales de remoción establecidas para los jueces. El mandato será de cinco años, pudiendo ser reelecto y sólo será removido por juicio político. Fuente: diario Uno.