Miércoles 30 de Abril de 2008, 21:15

Se prorrogó la convención y el Ejecutivo podrá cr

| En séptima sesión ordinaria de la convención constituyente, que se realizó éste miércoles en el auditorio del (CGE), se aprobó la prorroga por 60 días de la convención constituyente y se sancionó la modificación al artículo 127, por lo que el Ejecutivo podrá crear por ley el número de ministerios que considere necesario.

En el pleno, los convencionales aprobaron el proyecto de resolución del presidente de la constituyente, Jorge Busti, por el que se prorrogará por 60 días corridos la convención, según lo establecido por la ley 9768. Busti dijo a AIM que ante el gran número de proyectos de reforma presentados y su importancia, se acordó que la prorroga “sea de dos meses, para terminar el trabajo en julio, si se pueden tratar todos los temas habilitados”. Los dos meses de prorroga “no implicarían ninguna erogación más de la que esta aprobada en el presupuesto que votamos el primer día y que fue apoyado por todos los convencionales”. En ese contexto explicó que “el 9 de mayo cerrará el plazo para presentar los proyectos, el 8 ya no se podrá presentar ninguno más, así que con eso comenzaremos a trabajar con las comisiones y plenarios”. Además informó que para agilizar el tratamiento de las iniciativas, en labor parlamentaria, “se realizó un proyecto de trabajo con todos los presidentes de bloques y programamos realizar los plenarios los lunes y martes”. [b]Creación de ministerios[/b] Por otro lado se aprobó la modificación al artículo 127 de la Constitución, por lo que el despacho de los asuntos administrativos de la provincia estará a cargo de ministros y secretarios y, en ese contexto se autorizó al Ejecutivo, por medio de una ley especial, a fijar el número de ministros y secretarios. Asimismo deslindará las ramas, competencias y funciones adscriptas a cada uno de los ministros. La iniciativa no fue acompañada por todos los bloques, ya que el “Frente viva Entre Ríos” planteó que se tenía que poner un límite de 10 ministerios, para evitar que se creen innumerables ministerios, lo que demanda un presupuesto determinado. [b]Juicio político[/b] Además los convencionales aprobaron la tramitación del juicio político ante el Senado, asegurando la defensa del enjuiciado. El debate que abrió la jornada generó polémica entre los convencionales, ya que se enfrentaron dos posturas relacionadas al quórum que se precisa para que sesione la cámara de Diputados: la que sostiene que se precisan dos tercios de legisladores, sostenida por el autor de la iniciativa José Allende (PJ) y la que aprobó la mayoría, que sostiene tres cuartos, en base a la ley 9768 de reforma, ya que interpretan que no están habilitados para realizar la modificación. Más allá de las posturas encontradas, los convencionales aprobaron el despacho de comisión, por el que se agrega al artículo 103 de la Constitución provincial que “para el trámite de juicio político no se admitirá la recusación de los integrantes de ninguna de las cámaras intervinientes”. Asimismo se incorporó al artículo 111 de la Constitución de la provincia que la tramitación del juicio político ante el Senado “deberá asegurar el derecho de defensa del enjuiciado, contando el mismo con asistencia letrada”. Además determina que el despacho que disponga la separación del funcionario “deberá motivarse por escrito y el voto favorable a la propuesta contenida en el mismo importará la adhesión a dichos fundamentos, salvo que el legislador votante haya expresado las razones que sustenten su posición. Cada hecho motivo de acusación, será votado separadamente”. [b]Defensa a la corporación política[/b] Por otro lado se sancionó y pasó a la comisión de de redacción el proyecto de reforma por el que el funcionario o empleado público a quien se le impute formalmente delito cometido durante el desempeño de sus funciones “deberá querellar para vindicarse”. La acción deberá ejercerla dentro del término de 45 días desde la toma de conocimiento de la imputación “bajo pena de constituir incumplimiento grave que habilite su remoción a tenor de los procedimientos previstos para su cese como funcionario o empleado público”. A los fines del ejercicio de la acción gozarán del beneficio del proceso gratuito que comprenderá los gastos que demande su defensa. El funcionario o empleado público sobre quien recayera condena penal firme por delito cometido contra la administración “será apartado del cargo en forma inmediata”. Fuente: AIM.