Jueves 11 de Mayo de 2006, 10:33

Senadores sancionó definitivamente las modificaciones al C&oacu

| En la sesión de ayer de la Cámara de Senadores, el oficialismo aprobó las modificaciones al Código Fiscal provincial, que quedó a disposición del Poder Ejecutivo para su promulgación. La normativa salió sin el acompañamiento de la Concertación Entrerriana. Al respecto, el senador Julio Majul (CE-Gualeguaychú) cuestionó que “es una práctica habitual de algunos senadores ingresar proyectos y votarlos sobre tablas, sin dar tiempo para que nos interioricemos sobre las modificaciones que se realizan o qué es lo que sucedió con la iniciativa”.

El presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda, Carlos Orlandi, recordó que “en su momento aprobamos las modificaciones al Código Fiscal y a las Leyes impositivas donde se reordenaba la parte administrativa, que tenía reforma de alícuotas y del impuesto inmobiliario, pero cuando pasó a Diputados se realizaron modificaciones a algunos artículos que nosotros habíamos aprobado”.En ese sentido, informó que se modificó el artículo 16, donde se les daba a las clínicas y sanatorios de la provincia un plazo de 96 cuotas con un interés del 0,50 mensual, y en la Cámara Baja se lo llevó al uno por ciento mensual. Por otro lado, en declaraciones a AIM, aclaró: “Habíamos aprobado que se condonaban las multas e intereses devengados hasta el 30 de noviembre de 2005 a las corporaciones municipales que actuaron como agentes de recaudación de tributos provinciales; la deuda la habíamos aprobado en 12 cuotas y Diputados la modificó a 24 cuotas con un interés del 0,50 por ciento mensual”. El legislador indicó además que se derogó el artículo 18, “que hablaba de los expedientes administrativos que contengan deudas, que hasta la fecha de la Ley hayan cumplido con los plazos de prescripción previstos en el Código Fiscal, sin que exista constancia fehaciente de haberse interrumpido”. Asimismo, se anuló el artículo 19 que refería “a la derogación de la Ley 8293, que habla de la capacidad prestable de los bancos de la provincia”, precisó. Por último, observó que “quedó sin efecto el artículo donde se condonaban las deudas de los impuestos automotores, por los vehículos dados de baja por la provincia”. Fuente: AIM.